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ANMAT y la Secretaría de Agricultura desatan una catarata de cambios en el Código Alimentario Argentino. Desde la exótica bebida japonesa Sake, pasando por el rescate de harinas y arropes de frutos nativos, ¡hasta metiendo mano en la receta de tus galletitas favoritas! ¿Qué significa esto para tu heladera y tu bolsillo?
El Boletín Oficial estalló con una serie de resoluciones conjuntas de ANMAT y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca que prometen sacudir el panorama alimentario nacional. Se trata de cuatro normativas que, en conjunto, actualizan y amplían el Código Alimentario Argentino (CAA), abriendo un abanico de posibilidades y, a la vez, ajustando las tuercas en productos de consumo masivo.
Primero, la Resolución Conjunta 9/2025 le da la bienvenida al Sake, la tradicional bebida alcohólica japonesa. Ahora, el CAA incorpora su definición y especificaciones, habilitando su elaboración, comercialización e inspección bajo criterios de calidad y seguridad. Con una graduación alcohólica que puede ir del 12% al 26% en volumen, esta medida no solo reconoce una bebida de consumo internacional, sino que también sienta las bases para su potencial producción local y la expansión del mercado de bebidas fermentadas en el país. ¡Los amantes de la cultura nipona están de parabienes!
La Resolución Conjunta 10/2025 pone en valor un subproducto de nuestra industria arrocera: el salvado de arroz. Gracias a la iniciativa de instituciones como el ICTAER y el CIDCA (UNLP), este ingrediente, rico en ácidos grasos esenciales, proteínas, fibra y vitaminas, ahora tiene su lugar en el CAA. Lo más impactante es que es naturalmente libre de gluten, lo que representa una excelente noticia para la población celíaca y una oportunidad de desarrollo sustentable para la provincia de Entre Ríos, segunda productora de arroz en Argentina. Esto fomenta el aprovechamiento integral de los recursos y la diversificación alimentaria.
Pero la verdadera bomba de sabor y tradición llega con la Resolución Conjunta 11/2025. Esta normativa incorpora al CAA las harinas de mistol, chañar y algarroba, junto con los arropes elaborados con estos frutos nativos, además de higo y tuna. Impulsada por investigaciones de la Universidad Nacional de Catamarca y el Ministerio de Salud provincial, esta medida no solo rescata saberes ancestrales y promueve el aprovechamiento sustentable de recursos, sino que también ofrece alternativas libres de gluten para la población celíaca, impulsando las economías regionales del Norte Argentino. Además, se deroga el antiguo Artículo 1023 para una mejor clasificación de los arropes, modernizando el marco normativo.
Finalmente, la Resolución Conjunta 12/2025 mete mano en dos clásicos de la góndola: las obleas y galletitas. A pedido de la CÁMARA DE INDUSTRIALES DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (CIPA), se actualizaron las definiciones de estos productos (Artículos 756 y 760 del CAA) para adaptarlas a las prácticas industriales actuales y simplificar la información. Pero ojo, la medida también trae una novedad crucial para la salud pública: establece límites máximos de sodio para diferentes tipos de galletitas. Por ejemplo:
Esto implica un desafío para la industria y un beneficio para los consumidores, quienes verán en góndola productos con menor contenido de sodio, en línea con las recomendaciones de salud. Las empresas tendrán un plazo de 365 días corridos para el Sake y 180 días corridos para las harinas y arropes nativos para adecuarse a estas nuevas regulaciones. ¡Preparen sus paladares, porque el Código Alimentario se puso gourmet y saludable!