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El Gobierno sacude las reglas del juego para la exhibición de precios, buscando mayor transparencia para el consumidor. Ahora, todos los comercios deberán mostrar precios en pesos, pero también podrán hacerlo en dólares, y, lo más controversial, desglosar el IVA y otros impuestos, generando un debate sobre la “letra chica” fiscal.
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía acaba de lanzar una bomba regulatoria con la Resolución 4/2025, que promete cambiar radicalmente cómo vemos los precios en Argentina. La medida, que deroga normativas de hace más de dos décadas, busca una "verdadera simplificación de los procesos productivos en relación con el consumidor" y la eliminación de "trabas y obstáculos al comercio". Pero, ¿qué significa esto para el bolsillo del ciudadano y para los comerciantes?
La novedad más resonante es que, si bien el precio final debe estar en pesos, ahora se permitirá exhibirlo también en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera. Esto es un giro de 180 grados respecto a la vieja usanza que relegaba la moneda extranjera a caracteres menos relevantes. Prepárense para ver carteles con doble precio en todos lados, desde la verdulería hasta el shopping.
Otro punto que hará explotar el debate es la obligación de informar el importe neto sin la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de otros impuestos nacionales indirectos, acompañado de la leyenda "PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES". Esto regirá tanto para comercios como para anuncios publicitarios, aunque entrará en vigencia recién el 1° de abril de 2025. La idea es que el consumidor sepa exactamente cuánto de su compra se va en impuestos, una medida que el Gobierno justifica en el "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor" de la Ley N° 27.743. Sin embargo, esto podría generar una avalancha de preguntas y, para algunos, una sobrecarga de información que en lugar de simplificar, complique la decisión de compra.
La resolución también exige que, en caso de precios financiados, se indique claramente el precio de contado, la cantidad y monto de cuotas, y el costo financiero total efectivo anual. Además, se deberá mostrar el precio por unidad de medida (por kilo, litro, metro), facilitando la comparación entre productos de distintas presentaciones. Esto es un guiño a la defensa del consumidor para que pueda tomar decisiones más informadas.
La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial será la autoridad de aplicación. El incumplimiento de estas nuevas reglas será sancionado conforme al Decreto N° 274/19 y la Ley N° 24.240, salvo la exhibición del "precio sin impuestos", que se regirá por la Ley N° 11.683 de procedimiento fiscal.
En resumen, esta resolución es una apuesta fuerte por la desregulación y la transparencia fiscal, pero que sin duda generará fricción en el sector comercial y un período de adaptación para todos. ¿Será el fin de la letra chica o el inicio de una nueva era de complejidad informativa?