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Un nuevo decreto desregula el REGINAVE y pone fin a una vieja obligación portuaria. ¡Más libertad y menos costos para el comercio marítimo argentino!
¡Atención, sector marítimo! El Gobierno Nacional ha desatado una verdadera tormenta desregulatoria con el Decreto 37/2025, que aprueba un flamante RÉGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE (REGINAVE). La medida, que entrará en vigencia a partir de su publicación, promete simplificar procedimientos, reducir exigencias normativas y eliminar regulaciones innecesarias, todo en línea con la Ley de Bases y el DNU 70/23.
La gran estrella de esta reforma es la eliminación de la obligatoriedad de contratar serenos para los buques amarrados en puerto. ¡Sí, leíste bien! El artículo 4° del decreto sustituye una sección clave del “RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD PORTUARIA” de 1980, estableciendo que “La contratación de serenos por parte de toda embarcación será opcional”.
Según el Gobierno, esta obligación no estaba alineada con los estándares modernos de seguridad establecidos por la Organización Marítima Internacional (OMI), que ha implementado nuevas medidas y códigos para la protección de buques e instalaciones portuarias. En otras palabras, se estaba pagando por un servicio que la tecnología y los protocolos actuales ya superaron.
Esta desregulación es un respiro económico para las empresas navieras y los operadores portuarios. Reducir costos operativos y burocráticos es clave para la competitividad del comercio nacional e internacional. La Prefectura Naval Argentina seguirá siendo la Autoridad de Aplicación del REGINAVE y dictará las normas complementarias, pero con un enfoque más moderno y menos intervencionista. La eliminación de trámites redundantes y la agilización de la operatoria son las promesas de esta medida que busca inyectar dinamismo y eficiencia a un sector vital para la economía argentina. ¡Una clara victoria para el sector privado y la libertad de mercado!

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