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La Secretaría de PyMEs mete mano en el sistema de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) con cambios profundos: más transparencia, la polémica figura de los 'Custodios' y una reestructuración de beneficios impositivos para impulsar el crédito a las MiPyMEs.
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento ha desatado una verdadera tormenta de cambios en el ecosistema de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) con la Resolución 557/2024. El objetivo, según el Gobierno, es "seguir avanzando en buenas prácticas en materia de solidez y expansión financiera y responsabilidad fiscal", pero sin dejar de "aminorar el apoyo financiero a las MiPyMEs". ¿Será el equilibrio perfecto o un ajuste de tuercas que las hará temblar?
La medida más resonante es la incorporación obligatoria de la figura del "Custodio" a la operatoria de las SGR. A partir del 31 de marzo de 2025, los Fondos de Riesgo deberán ser invertidos a través de uno o más Custodios, entidades financieras independientes que tendrán a cargo la custodia de los activos y el control de las inversiones. Esto busca garantizar seguridad, transparencia y protección a los inversores, mitigando los riesgos del mercado de capitales. Sin embargo, la prohibición de que directores de SGR ocupen cargos en los Custodios y viceversa, junto con las estrictas atribuciones de los Custodios (ejecución de percepciones, control de inversiones), podría generar debates sobre la autonomía y agilidad de las SGR.
Otro punto caliente es la posibilidad de que los Socios Protectores realicen aportes al Fondo de Riesgo renunciando al beneficio impositivo del Artículo 79 de la Ley N° 24.467. Esta "diversificación" busca ofrecer nuevas vías de capitalización, pero aquellos que busquen la exención fiscal deberán cumplir con un "Grado de Utilización del Fondo de Riesgo" más exigente, que sube del 200% al 260% (con excepciones transitorias hasta fines de 2024). Además, se modifican los requisitos para los aumentos del Fondo de Riesgo, estableciendo límites y condiciones más detalladas, así como una suspensión excepcional de las tramitaciones de aumentos hasta el 31 de marzo de 2025.
La resolución también eleva la vara para los directivos. A partir del 1° de abril de 2025, el Gerente General y dos tercios de los miembros del Consejo de Administración deberán cumplir con rigurosos requisitos de idoneidad, integridad y solvencia. Esto incluye antecedentes laborales, títulos universitarios y la aprobación de un "Curso de Idoneidad SGR". Finalmente, se amplía la lista de "Hechos Relevantes" que las SGR deben comunicar, incluyendo la no contratación del Custodio o el incumplimiento de sus prescripciones, con plazos de reporte que van desde las 24 horas hasta la presentación mensual. Cualquier demora en el pago de avales o excesos en el índice de apalancamiento podrían generar sanciones.
En síntesis, el Gobierno busca un sistema de SGR más robusto y fiscalmente responsable, pero el sector deberá adaptarse a un escenario con más controles y nuevas reglas de juego que, si bien apuntan a la transparencia, también implican mayores exigencias.