Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Ministerio de Capital Humano homologa una batería de acuerdos salariales y bonos en Aerolíneas Argentinas, Luz y Fuerza, Comercio, Publicidad y Locutores, buscando contener la escalada inflacionaria y asegurar paz social, pero con advertencias sobre el carácter de los pagos.
En un escenario económico volátil, el Boletín Oficial se convirtió en el termómetro de las negociaciones paritarias. Hoy, el Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dio luz verde a una serie de homologaciones de acuerdos salariales y bonos, un salvoconducto para miles de trabajadores que buscan mantener su poder adquisitivo ante la embestida inflacionaria. Estos trámites, aunque rutinarios en su forma, son vitales en su contenido, ya que impactan directamente en el bolsillo de los empleados de diversos sectores.
Entre los acuerdos más resonantes, se destaca la homologación de las escalas salariales para el personal de Aerolíneas Argentinas, pactadas con la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES, bajo el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 'E'. Esto asegura un ajuste para los trabajadores de una empresa estatal clave en el transporte.
Otro frente importante es el acuerdo entre la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF), que también obtiene su homologación para nuevas condiciones salariales en el marco del CCT N° 334/01. Esto implica mejoras para un sector amplio que va desde clubes hasta entidades de servicios públicos.
El sector comercial también tuvo su capítulo con la homologación del acuerdo entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA -ZONA ATLÁNTICA- y PLASTIGAS MAR DEL PLATA S.A. Aquí, la controversia surge por el bono de carácter no remunerativo pactado para 2023 y 2024. El Ministerio no dudó en recordar a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744, que define claramente qué es una remuneración, dejando entrever una posible futura discusión sobre la naturaleza de estos pagos. '¡Ojo con los bonos no remunerativos, que no afecten los derechos futuros!', parece ser la advertencia.
Además, se oficializaron dos acuerdos salariales para el sector de la publicidad y la investigación de mercado, entre el SINDICATO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD y la CÁMARA DE EMPRESAS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL Y DE MERCADO. Estos convenios, uno general y otro bajo el CCT N° 107/90, buscan actualizar los ingresos en un rubro sensible a los vaivenes económicos.
Finalmente, los comunicadores y locutores también respiran aliviados con la homologación del acuerdo y sus anexos entre el SINDICATO ARGENTINO DE LOCUTORES Y COMUNICADORES (SALCO) y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TELEVISIÓN POR CABLE, en el marco del CCT N° 432/75. Este acuerdo incluye una cláusula sobre la retención de la cuota sindical, un detalle no menor en la relación gremial.
Estos acuerdos son un reflejo de la tensión constante entre sindicatos y empresas para ajustar los salarios a la realidad inflacionaria. Para los trabajadores de estos sectores, representa una actualización de sus ingresos, aunque el carácter no remunerativo de algunos bonos genera inquietud. Es fundamental que cada empleado revise su recibo de sueldo y verifique que los incrementos y bonos se apliquen correctamente y que se respeten los topes indemnizatorios, que serán evaluados por la autoridad laboral.