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La Secretaría General de la Presidencia de la Nación destina cargamentos de bienes aduaneros incautados a la Agencia Federal de Emergencias y a una fundación riojana, aliviando necesidades básicas y fortaleciendo capacidades operativas. ¿Un gesto de eficiencia estatal o un parche ante la emergencia social?
En un acto de gestión social, la Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación ha dispuesto la cesión de millones en bienes de rezago aduanero a dos destinos clave: la Agencia Federal de Emergencias (AFE) y la Fundación Va Por Vos de La Rioja. Estas medidas se amparan en la Ley N° 25.603, que permite destinar mercaderías incautadas a organismos estatales u organizaciones no gubernamentales en situaciones de emergencia social.
Por un lado, la Disposición 1/2026 cede a la Agencia Federal de Emergencias (AFE), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, una vasta cantidad de bienes. La AFE solicitó esta cesión para "fortalecer las capacidades operativas en materia de prevención, respuesta y reconstrucción frente a emergencias", incluyendo equipamiento técnico, herramientas, tecnología, neumáticos y otros elementos. Estos bienes provienen de aduanas como Paso de los Libres, Río Grande, Posadas, Santa Fe, Barranqueras y Nueva Orán. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ya certificó la aptitud de los bienes que lo requerían.
Por otro lado, la Disposición 2/2026 beneficia a la Fundación Va Por Vos de La Rioja. Esta organización recibirá bienes de rezago aduanero, incluidos artículos de primera necesidad (algunos con la aprobación de ANMAT), para ser distribuidos entre "familias de escasos recursos damnificadas por el temporal en la capital de la mencionada provincia y las localidades de los departamentos de Ulapes y Chepes". Estos bienes provienen de la Aduana de La Rioja.
Ambas disposiciones establecen un plazo de DIEZ (10) días para que las entidades informen la fecha estimada de retiro de las mercaderías del Servicio Aduanero, y NOVENTA (90) días hábiles para remitir la conformidad de inventario o, en su defecto, el acta de rechazo. Es crucial que estos plazos se cumplan para garantizar la transparencia y la correcta distribución de los bienes. La Ley N° 25.603 prohíbe terminantemente la comercialización de estos bienes por parte de los beneficiarios durante un período de CINCO (5) años.
Este mecanismo busca dar un destino social y útil a mercaderías que de otra forma quedarían en depósitos fiscales. Sin embargo, también resalta la persistencia de necesidades básicas y estructurales en el país, que son paliadas con estos recursos extraordinarios.