Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Secretaría General de la Presidencia cede sin cargo valiosos bienes de rezago aduanero a fundaciones en Chaco y Mendoza, destinándolos a la asistencia de personas en situación de vulnerabilidad y comunidades originarias, una medida que busca paliar la emergencia social.
En un gesto de alto impacto social, la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha resuelto la cesión sin cargo de importantes volúmenes de mercadería de rezago aduanero a dos fundaciones clave. Las Resoluciones 47/2025 y 48/2025, firmadas por la Secretaria General Karina Elizabeth Milei, detallan la entrega de bienes que buscan aliviar la difícil situación de los sectores más vulnerables.
La Resolución 47/2025 beneficia a la Fundación “Los Sueños Se Cumplen” de la Provincia del Chaco. Esta organización recibirá bienes provenientes de las Aduanas de Clorinda y Formosa. Se trata de alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de vestir, calzado y otros artículos de primera necesidad, destinados a la asistencia de personas en estados de vulnerabilidad y comunidades originarias.
Por su parte, la Resolución 48/2025 asigna mercadería a la Fundación Manos Abiertas, Delegación Mendoza. Estos bienes, originarios de las Aduanas de San Rafael y Mendoza, serán utilizados en el Hogar de niños Nazaret y la obra Madre Teresa, confirmando el compromiso con la niñez y la asistencia social.
Estas cesiones se enmarcan en el artículo 4º de la Ley Nº 25.603 y sus modificatorias, que permite al Servicio Aduanero poner a disposición de la Secretaría General este tipo de mercaderías "cuando las condiciones de emergencia social del lugar lo aconsejen". Es crucial destacar que la ley prohíbe terminantemente la comercialización de estos bienes por parte de los beneficiarios por un período de CINCO (5) años a partir de su recepción. Además, la ANMAT intervino para asegurar que los productos sean aptos para su uso, garantizando la calidad de la ayuda.
Las fundaciones tienen un plazo de NOVENTA (90) días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial para retirar las mercaderías, un lapso que subraya la urgencia de la asistencia. Esta es una medida concreta del Estado para canalizar recursos hacia quienes más los necesitan, fortaleciendo el rol de las organizaciones no gubernamentales en la red de contención social.