Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca puso la lupa sobre el sector pesquero: fijó el 31 de enero de 2025 como fecha límite inamovible para el pago del canon por las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de merluza común. ¡Ojo! Habrá plan de pagos, pero el que no cumple, pierde la cuota.
El sector pesquero se enfrenta a una fecha límite crucial. La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, bajo el ala del Ministerio de Economía, emitió la Resolución 12/2025 que establece el 31 de enero de 2025 como el día D para saldar el canon de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de merluza común. Esta especie, vital para la economía de varias regiones costeras, está en el ojo de la tormenta regulatoria.
La medida surge tras la extinción de las CITC otorgadas por 15 años el pasado 31 de diciembre de 2024 y la posterior asignación de nuevas cuotas por el Consejo Federal Pesquero (CFP), que también fijó el canon. La resolución actual no solo ratifica la fecha de pago, sino que también aprueba un Plan de Pagos especial para el Canon CITC Merluza Común, brindando una herramienta financiera a las empresas.
Sin embargo, el aviso es claro: la falta de pago íntegro, documentado y oportuno tendrá consecuencias drásticas. La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera comunicará el incumplimiento al CFP, que podrá dejar sin efecto la asignación de CITC del solicitante, destinando esa cuota al Fondo de Reasignación. Además, se iniciarán acciones de cobro judicial del total adeudado. Una espada de Damocles sobre la cabeza de los armadores.
Esta resolución impacta directamente a las empresas pesqueras que operan con merluza común, obligándolas a una planificación financiera ajustada. Si bien el plan de pagos ofrece flexibilidad, la amenaza de perder las cuotas de captura es un incentivo potente para el cumplimiento. Los buques fresqueros, que históricamente han tenido un trato diferencial, deberán abonar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del canon, un beneficio que se mantiene.
"Es una medida que busca ordenar el cobro de un recurso vital para el Estado, pero que pone presión sobre la liquidez de algunas empresas pesqueras, especialmente las más pequeñas", señaló un referente del sector.
La implementación del pago se realizará a través del Sistema de Recaudación OSIRIS, y los comprobantes deberán presentarse en un plazo de 48 horas vía Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Estar al día con la burocracia será tan importante como tener las redes listas.