Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Dirección Aduana de Ezeiza emite avisos urgentes: dueños de mercadería retenida tienen solo 30 días para reclamarla y evitar que sea dispuesta por el Estado. ¡El reloj corre y las multas acechan!
La Dirección Aduana de Ezeiza ha lanzado una advertencia crucial para aquellos que tengan mercadería retenida en sus depósitos. A través de dos Avisos Oficiales, se comunica que los propietarios tienen un plazo perentorio de TREINTA (30) días corridos para acreditar su derecho a disponer de los bienes y solicitar una destinación aduanera autorizada. ¡Pero ojo! Esto es previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
La normativa es clara: si el plazo expira sin que los titulares se presenten, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley N° 25.603. Esta ley habilita a la Aduana a disponer de la mercadería, lo que podría implicar su venta en subasta, donación o destrucción, dependiendo del caso. Es una medida drástica para evitar la acumulación indefinida de bienes en los depósitos y liberar espacio.
Los interesados deben dirigirse a la Sección Gestión de Rezagos (SEGDRZDIADEZ), que depende de la División Control y Fiscalización Operativo I de la Dirección Aduana de Ezeiza, ubicada en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini – Ezeiza. Es fundamental actuar con celeridad para evitar la pérdida definitiva de la mercadería y las sanciones asociadas. La comunicación busca transparentar el proceso y dar una última oportunidad a los afectados, antes de que el Estado tome cartas en el asunto de forma definitiva. Es clave revisar los anexos publicados en el Boletín Oficial para conocer el detalle de la mercadería afectada.