Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Dirección Nacional de Vialidad sanciona a la concesionaria Caminos del Río Uruguay S.A. con una multa equivalente a 1.575.200 Unidades de Penalización por no desalojar ocupantes ilegales que generaban peligro en el Corredor Vial N° 18.
¡Atención, viajeros y concesionarias! La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) no anda con chiquitas. Con la Resolución 111/2025, le ha impuesto una multa estratosférica a la empresa Caminos del Río Uruguay S.A., concesionaria del Corredor Vial N° 18. La sanción asciende a nada menos que 1.575.200 Unidades de Penalización por un incumplimiento que data ¡de 2007!.
El problema central: la falta de supresión de "causas que provocan molestias, inconvenientes o peligrosidad a los usuarios" en tres tramos de la Ruta Nacional N° 12, debido a la persistencia de ocupantes ilegales y animales de granja en la zona de camino. Estas deficiencias, constatadas inicialmente en diciembre de 2007 y aún presentes en 2017, representaban un claro incumplimiento del contrato de concesión que exige mantener la ruta en condiciones óptimas de seguridad y confort.
La concesionaria intentó defenderse alegando la prescripción de la acción punitiva, pero la DNV fue tajante: desestimó el argumento, señalando que otorgar la prescripción implicaría un "beneficio financiero a la Concesionaria por las tareas de mantenimiento no realizadas". Esto sienta un precedente fuerte para todas las concesionarias viales, indicando que el Estado no tolerará la negligencia en el mantenimiento de la infraestructura clave del país. Para el ciudadano, esta multa es una señal de que la seguridad vial y el cumplimiento de los contratos están bajo la lupa, buscando garantizar rutas más seguras para todos.