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La Aduana de Concordia, Entre Ríos, emitió un edicto citando a diversas personas que figuran con domicilio desconocido para intervenir en la verificación, clasificación y aforo de mercaderías. Tienen un plazo de 10 días para presentarse.
La Aduana de Concordia, ubicada en Entre Ríos, publicó un aviso oficial citando a una serie de individuos, cuyos domicilios se ignoran, para que comparezcan en la Sección Inspección Técnica. El objetivo de esta citación es que los involucrados participen en el proceso de verificación, clasificación y aforo de mercaderías detalladas en actuaciones específicas. Los interesados tienen un plazo perentorio de DIEZ (10) días a partir de la publicación para presentarse en la sede de la Aduana, sita en calle 1º de Mayo Nº 202, en los términos del Artículo 1094º Inc. b) del Código Aduanero (Ley 22.415).
Entre las personas citadas se encuentran Evelyn Marianela URBINE (D.N.I. 32.154.585), Juan Alberto Herrera VIOJO (D.N.I. 18.868.556), Luis Martín URQUIZA (D.N.I. 36.068.171), Jonatan Leonel LORENZO (D.N.I. 46.712.427), Martín Emiliano LESCANO (D.N.I. 32.087.689), Facundo Servando PEREYRA (D.N.I. 40.818.962), Ubaldo Martín LUTE (D.N.I. 26.809.048), Jorge Norberto SCHEEREN (D.N.I. 25.767.348), Patricia Elizabeth HAASIS (D.N.I. 27.993.128), Mariela Alejandra ROSSENTTON (D.N.I. 24.050.758), Israel RODRIGUEZ MARTINEZ (D.N.I. 95.297.486), Iván Javier DALMASO (D.N.I. 35.445.578) y Javier Augusto WEISS (D.N.I. 47.623.627), todos de nacionalidad argentina. También se cita a Agustina DE OLIVEIRA FLORES SILVA (D.N.I. 5.434.403-6) de Uruguay, Jesús Alberto DATOLO (D.N.I. 30.870.444) y Rudnei Constant Simeoni ALVES (D.N.I. 309.837.700-34) de Brasil, y Carlos Adolfo DEL PUERTO BOBADILLA (D.N.I. 4.022.511) de Paraguay.
Este tipo de avisos es una práctica habitual en la gestión aduanera para aquellos casos donde la notificación personal no es posible debido al desconocimiento del domicilio de los interesados. La falta de comparecencia en el plazo estipulado puede derivar en que la Aduana continúe con los procedimientos de verificación y aforo de la mercadería sin la presencia de los citados, lo cual podría implicar la imposición de sanciones o la pérdida de derechos sobre los bienes.