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La Aduana de Orán convoca a más de 60 personas para presentar defensas y pruebas ante sumarios por infracciones aduaneras que suman cifras millonarias, con apercibimientos de rebeldía y confirmación de verificaciones físicas de mercaderías secuestradas en la provincia de Salta.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a través de la Aduana de Orán, emitió un aviso oficial citando a más de sesenta personas que tienen domicilio desconocido. El objetivo es que se presenten en un plazo perentorio para enfrentar sumarios por infracciones aduaneras y presenciar la verificación física de mercaderías que fueron secuestradas.
Los implicados tienen tres días hábiles administrativos para asistir a la verificación física de la mercadería en la sede de la Aduana de Orán, ubicada en Av. Palacios N° 830. Si no lo hacen, se entenderá que aceptan las verificaciones ya realizadas, sin derecho a reclamo posterior. Además, se les otorga un plazo de diez días hábiles administrativos para comparecer en los sumarios respectivos, presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se les imputan. La incomparecencia puede derivar en que se los declare en rebeldía.
Las infracciones mencionadas, amparadas en artículos del Código Aduanero como el 987, 985 y 947, suelen estar vinculadas a declaraciones inexactas, falta de documentación o contrabando. Las multas asociadas a estos sumarios son muy significativas, con montos que oscilan desde los cientos de miles hasta los más de 84 millones de pesos en un único caso, lo que subraya la seriedad de las acusaciones.
Esta medida afecta directamente a los individuos citados, quienes deben regularizar su situación para evitar mayores sanciones. Para el público en general, este aviso destaca la constante labor de control de la Aduana en zonas fronterizas clave como Orán, Salta, en su lucha contra las irregularidades en el comercio exterior y la protección de la economía nacional.
El Código Aduanero (Ley 22.415) y la Ley 25.603, que regula mercaderías perecederas o que implican peligro, son los marcos legales que sustentan estas acciones. Es importante señalar que los implicados tienen la posibilidad de extinguir la acción penal aduanera mediante el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, lo que no generaría antecedentes, según los artículos 930 y 932 del Código Aduanero.
"Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A."
Para los ciudadanos involucrados, es fundamental actuar rápidamente y buscar asesoramiento legal para cumplir con los plazos y requisitos, dado que las implicaciones económicas son sustanciales.