Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Aduana de Neuquén sentencia a varios ciudadanos por infracciones al Código Aduanero, con multas que superan el medio millón de pesos y la amenaza de abandono de mercadería. ¡Atención a los plazos!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP), a través de la Aduana de Neuquén, ha emitido un aviso oficial que sacude a varios particulares. Se trata de la notificación de condenas por graves infracciones al Código Aduanero, principalmente bajo el Artículo 977, que establece sanciones por la importación o exportación de mercadería sin la debida documentación o en contravención a las normas. Los implicados, entre ellos Néstor Edgardo Dure y Ariel Enrique Bello, enfrentan multas que alcanzan los $715.360,22 en un solo caso, además de la exigencia de abonar tributos adeudados que incluyen D.I., Estadística, IVA, IVA Adicional y Ganancias, sumando montos significativos en dólares y pesos.
Los notificados tienen un plazo perentorio de quince (15) días hábiles para abonar las multas y tributos. De no hacerlo, quedarán automáticamente en mora, lo que implicará la aplicación de intereses punitorios conforme a los artículos 794 y 924 del Código Aduanero. Pero la cosa no termina ahí: también se les intima a retirar la mercadería amparada en las actas lote mencionadas, bajo el apercibimiento de considerarla abandonada a favor del Estado. Esto significa que, además de las sanciones económicas, los infractores podrían perder definitivamente sus bienes.
Aunque la resolución es contundente, los afectados no están indefensos. El aviso les informa que tienen derecho a interponer un recurso de apelación o demanda contenciosa dentro del mismo plazo de quince días, tal como lo prevén los artículos 1132 y 1133 del Código Aduanero. Si no ejercen este derecho, la resolución se considerará firme y pasará en autoridad de cosa juzgada, cerrando cualquier posibilidad de revertir la situación. Esta medida subraya la rigidez de los controles aduaneros y el costo financiero de no cumplir con la normativa para quienes operan en el comercio exterior o simplemente cruzan la frontera con bienes sin declarar.
22 de agosto de 2025
2 de febrero de 2026
5 de febrero de 2026