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¡AJUSTE DE CINTURÓN EN EL AGRO! SENASA RECALCULA TASAS DE INSPECCIÓN SANITARIA

El organismo sanitario establece las nuevas asignaciones para los servicios de inspección sanitaria para 2026, lo que podría impactar en los costos de los establecimientos agroalimentarios habilitados.

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¡AJUSTE DE CINTURÓN EN EL AGRO! SENASA RECALCULA TASAS DE INSPECCIÓN SANITARIA
Una balanza con billetes y un sello de inspección sanitaria, representando el ajuste de costos en el sector agroalimentario.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
  • SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
  • DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Fechas Clave

  • 09/12/2025Fecha de la Resolución N° 938/2025
  • 01/01/2026Fecha de aplicación de las nuevas asignaciones

Conceptos Clave

Regulación sanitaria
Tasas de inspección
Sector agroalimentario
Costos empresariales

Análisis Detallado

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), mediante la Resolución N° 938/2025, ha puesto en marcha una actualización crucial para el sector agroalimentario: la definición de las asignaciones que deberán abonar los establecimientos habilitados en concepto de retribución por los Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2026. Esta medida, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2026, es un trámite administrativo vital para el funcionamiento del control sanitario en el país.

¿Qué implica este cambio?

La resolución modifica lo dispuesto por la anterior Resolución N° 1.480/24 y responde a una evaluación exhaustiva de los informes mensuales del personal de inspección. Básicamente, se trata de una readecuación de las tarifas que las empresas del rubro alimentario pagan por las inspecciones que garantizan la sanidad y calidad de sus productos. El Artículo 2° es claro: "Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de enero de 2026. En caso de existir diferencias respecto de los importes efectivamente pagados o de los depósitos en garantía, los montos correspondientes deberán ser abonados por las empresas o reintegrados a estas, según el signo y la cuantía de dicha diferencia."

Contexto y antecedentes

Esta medida se enmarca en la normativa vigente, como el Decreto N° 4.238/68 (Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal) y el Decreto N° 2.431/71, que establecen la facultad del SENASA para fijar estas tasas. Es un proceso rutinario pero indispensable para el sostenimiento de los controles sanitarios que protegen a los consumidores y aseguran la calidad de los productos que llegan a nuestras mesas. Aunque es una medida de carácter administrativo, su impacto económico puede ser significativo para las empresas del sector, que deberán ajustar sus presupuestos de acuerdo con las nuevas asignaciones. La Secretaría de Bioeconomía del Ministerio de Economía también tuvo su rol al aprobar los montos arancelarios que percibe SENASA.

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