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La SSN extiende hasta el 30 de junio de 2026 el plazo para que las aseguradoras presenten la "Reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados" (IBNR), generando dudas sobre la transparencia del sector.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), bajo la firma de Guillermo PLATE, ha emitido la Resolución Sintetizada 193/2026 que prorroga, nada menos que hasta el 30 de junio de 2026, el plazo para la aplicación del esquema transitorio de la 'Reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados' (IBNR). Esta reserva, fundamental en el punto 33.4.1.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, es crucial para la salud financiera de las compañías y la confianza de los asegurados.
¿Qué implica esta extensión? Básicamente, las aseguradoras tendrán más tiempo para ajustar sus números y cumplir con la constitución de esta reserva, que busca anticipar los pagos de siniestros que ya sucedieron pero que aún no fueron declarados por los clientes. Si bien la SSN no detalla las razones de esta nueva prórroga, la medida podría interpretarse de varias maneras: ¿es un alivio para un sector bajo presión, o una señal de que las empresas tienen dificultades para cumplir con las exigencias de capitalización y transparencia?
Para los ciudadanos y empresas, esto significa que la información sobre la verdadera exposición a riesgos de las aseguradoras podría tardar más en reflejarse completamente. La prórroga de plazos en cuestiones tan sensibles como las reservas técnicas siempre genera un manto de sospecha sobre la solidez del sistema. Es vital que el organismo de control garantice que esta flexibilización no ponga en riesgo la capacidad de respuesta de las compañías ante futuros reclamos.