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La Aduana argentina, bajo el ala de AFIP, emitió una serie de edictos cruciales para notificar a individuos con domicilio desconocido. Desde el archivo de denuncias hasta la intimación a pagar tributos, reingresar o destruir mercadería, el organismo busca resolver situaciones que arrastran años. ¿Estás en la lista? ¡Mirá el detalle!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP-Aduana) ha desatado una verdadera batería de notificaciones en el Boletín Oficial, apuntando a aquellos importadores, viajantes y particulares que, por razones de domicilio desconocido, no pudieron ser ubicados por los canales tradicionales. Estos edictos son un llamado de atención urgente para quienes tienen trámites pendientes que involucran mercadería en la órbita de la Aduana.
La División Secretaría N.º 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros está publicando resoluciones que, amparadas en el Código Aduanero (Ley 22.415, artículo 1013, inciso I), buscan dar cierre a antiguas actuaciones. El denominador común es el archivo de denuncias bajo diversas Instrucciones Generales de la AFIP y la DGA. Pero, ¡ojo!, archivar no significa que los problemas desaparezcan; al contrario, muchas de estas resoluciones vienen con condiciones y apercibimientos severísimos.
TELLERI LOPEZ DEBORA RAQUEL (C.I. URUGUAY N.º 5.036.046-8): Su denuncia, actuación n.º 13364-110-2011, fue archivada bajo la Instrucción General N.º 2/23. Sin embargo, para poder liberar la mercadería del lote n.º 11001ALOT000439A, deberá pagar los tributos y presentar los certificados/intervenciones que correspondan. ¡La mercadería sigue retenida hasta que se cumpla!
LAURA PEREIRA BARRETO SILVEIRA MELLO (PAS. BRASIL N.º FG955322): En su caso (actuación n.º 12227-779-2014), la resolución la intima a exportar la mercadería en un plazo de quince (15) días o solicitar su reingreso al territorio nacional, abonando una suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES (USD 33,00) en concepto de tributos. Si no cumple, se enfrentará a las duras consecuencias de la Ley N.º 22.415 o la Ley N.º 25.603.
ALEJANDRO EDUARDO PAPADOPULOS BERNARDEZ (C.I. CHILE N.º 1.582.672): Su situación (actuación n.º 12181-3828-2007) es particular: la mercadería involucrada tiene su egreso prohibido sin la intervención previa de la Dirección Nacional de Artes Visuales. Se le exige reingresar la mercadería a territorio nacional o se aplicará el art. 429 del Código Aduanero, con intervención de la Secretaría de Cultura de la Nación. ¡Un verdadero dolor de cabeza para los bienes culturales!
RODOLFO GOMEZ CASTILLO (C.I. URUGUAY N.º 1.274.505-6): Similar al caso anterior, su mercadería (actuación n.º 13364-60-2012) está bajo la lupa de ANMAT, lo que implica una prohibición de egreso sin su intervención. Debe reingresar los bienes al país o enfrentar las consecuencias legales.
ADELAIDA LOURDES ECHEPARE NATALE (C.I. N.º 2.750.301-1): El caso más drástico (actuación n.º 13364-45-2013). La mercadería, tras un informe, fue declarada apócrifa. La resolución ordena su destrucción, y la División Prohibiciones No Económicas y Fraude Marcario se encargará de notificar a los titulares de las marcas falsificadas. ¡Un golpe al mercado ilegal!
MARCO ANTONIO DE CAMPOS GONCALVES (R.G. N.º 6.755.370-9): Su denuncia (actuación n.º 12227-293-2010) fue archivada, pero se le intima a reingresar la mercadería a territorio nacional bajo apercibimiento de la Ley N.º 22.415 o la Ley N.º 25.603.
LILIAN NAHIR MARTINEZ (C.I. URUGUAY N.º 1.499.016-0): En su expediente (actuación n.º 13364-49-2013), se le da un plazo de quince (15) días para exportar la mercadería o solicitar su reingreso, con un cargo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS CON 62/100 (U$D 2.62) en tributos. ¡Un monto chico, pero la advertencia es grande!
SANDOVAL RUMUALDO DANIEL (C.I. N.º 3.741.227-6): Su denuncia (actuación n.º 13364-7-2013) también fue archivada bajo la Instrucción General N.º 2/23. La mercadería del lote n.º 13001ALOT000006P queda sujeta a pago de tributos y presentación de certificados/intervenciones para su libramiento a plaza.
"Estas publicaciones son el último recurso para notificar a quienes no pudimos localizar. La Aduana busca regularizar situaciones y aplicar la ley, protegiendo tanto el comercio legítimo como la salud pública y el patrimonio cultural", afirmó una fuente cercana al organismo.
Estos edictos subrayan la rigurosidad de los controles aduaneros y la importancia de mantener actualizada la información de contacto. Para los ciudadanos comunes, esto es un recordatorio de que cualquier movimiento de mercadería internacional está bajo la lupa y que el incumplimiento puede traer serias consecuencias. Si bien son casos específicos, reflejan la complejidad y el volumen de la actividad aduanera en el país. ¡Estén atentos, porque la Aduana no perdona!