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El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ajusta las tuercas para los creadores de cultivares: nuevas fechas límite, un recargo del 50% por pagos fuera de término y la digitalización total de los trámites. ¿Es una modernización necesaria o una trampa burocrática para el sector?
El sector agropecuario, siempre en el ojo de la tormenta, vuelve a ser protagonista de un cambio normativo que promete generar debate. El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) ha lanzado la Resolución 68/2025, que redefine las reglas de juego para el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares. La medida busca, según el organismo, "fortalecer el sistema sancionatorio" y "cumplimentar lo establecido en la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas".
¿Qué significa esto para los productores y empresas que invierten en investigación y desarrollo de nuevas variedades? Varias cosas, y no todas son un lecho de rosas:
Estas modificaciones, aunque apuntan a la eficiencia y el cumplimiento fiscal, podrían generar un dolor de cabeza para aquellos que no estén al día con la burocracia digital o que enfrenten imprevistos económicos. La caducidad de la propiedad por falta de pago del arancel, tras seis meses de reclamo, implica que la variedad pasa a ser de uso público. Un riesgo que ahora se agrava con la penalidad y los plazos más ajustados.
"Es una clarificación de las reglas, pero el 50% de recargo es un golpe fuerte para el bolsillo de muchos innovadores del campo", comentó un analista del sector. La meta es clara: que el INASE recaude en tiempo y forma. La incógnita es cómo impactará esto en la dinámica de un sector que ya lidia con múltiples variables económicas.