¡ALERTA AGRO! SENASA PROHÍBE PLAGUICIDA CLAVE en Maíz para SALVAR las EXPORTACIONES
El organismo sanitario prohíbe el uso poscosecha de un conocido agroquímico en granos de maíz. La medida busca proteger mercados internacionales cruciales, pero impacta directamente a productores y a la industria de fitosanitarios.
Índices de Impacto
Organizaciones
- SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
- Codex Alimentarius
- ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA (FAO)
- ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)
Fechas Clave
¡Sacudón para el campo argentino! El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), mediante la Resolución N° 49/2025, ha lanzado una prohibición tajante que afectará a miles de productores de maíz: se prohíbe el uso poscosecha de productos formulados a base del principio activo MERCAPTOTIÓN (sin. MALATIÓN) en granos de maíz almacenados, en todo el territorio nacional.
¿Por qué esta decisión drástica?
La razón es contundente: proteger los mercados de exportación. SENASA detectó residuos de MERCAPTOTIÓN en maíz exportado que, si bien cumplen con los límites máximos de residuos (LMR) de Argentina, Brasil, EE. UU. y la Unión Europea (y no representan riesgo para el consumo), superan los LMR establecidos por el Codex Alimentarius. Este organismo internacional no contempla el uso de este plaguicida en poscosecha.
El problema es que más del 60% de las exportaciones de maíz argentino tienen como destino países que adoptan los LMR del Codex Alimentarius. Esto significa que, si no se tomaba una medida, el país corría el riesgo de perder mercados vitales, con un impacto económico devastador para uno de sus principales commodities.
¿Cómo afecta a los productores y a la industria?
- Productores de maíz: Deberán adaptarse rápidamente y buscar alternativas para el control de plagas en granos almacenados. Afortunadamente, SENASA asegura que ya existen productos inscriptos y autorizados que pueden reemplazar al MERCAPTOTIÓN.
- Industria de agroquímicos: Los titulares de registros de productos con MERCAPTOTIÓN tienen un plazo de 90 días corridos para adecuar las etiquetas, incluyendo la leyenda "PROHIBIDO SU USO EN GRANOS DE MAÍZ ALMACENADOS". Además, deberán declarar los stocks de etiquetas en 30 días corridos.
El incumplimiento de esta normativa acarreará sanciones severas, contempladas en la Ley N° 27.233, que incluyen multas y otras acciones preventivas.
"Esta es una medida dolorosa pero necesaria. La reputación y el acceso a mercados internacionales de nuestro maíz son la prioridad." - Voceros del sector agroexportador.
La decisión de SENASA subraya la creciente complejidad del comercio internacional, donde la armonización de estándares sanitarios y de calidad es fundamental. Argentina, como gran exportador de alimentos, debe ajustarse a las normativas de sus principales compradores para mantener su competitividad global. El desafío es grande, pero la meta es clara: seguir alimentando al mundo con productos seguros y aceptados internacionalmente.

