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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario desató una ola de aumentos salariales y retenciones solidarias para diversas actividades rurales en varias provincias, desde la cosecha de tabaco hasta la manipulación de granos y la producción de frutilla y zanahoria. Impacto directo en los bolsillos de miles de trabajadores y en la estructura de costos de los empleadores.
El Boletín Oficial de hoy revela un paquete explosivo de resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) que redefinirá las condiciones laborales y salariales en el corazón de nuestra producción rural. Mediante seis resoluciones (134/2025 a 139/2025), se fijan nuevas remuneraciones mínimas y se instaura una cuota aporte de solidaridad gremial del 2% para distintas actividades y regiones del país, con vigencia escalonada a partir de mayo, junio y julio de 2025.
Estas medidas impactan directamente en miles de trabajadores y empleadores de:
En todos los casos, los empleadores actuarán como agentes de retención del 2% sobre las remuneraciones, que deberá ser depositado en la cuenta especial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Es crucial destacar que los afiliados a la asociación sindical signataria quedan exentos de este pago, un detalle que siempre genera debate sobre la equidad de las contribuciones.
Estas fijaciones se dan en un contexto de negociaciones sectoriales, donde las representaciones de trabajadores y empleadores coincidieron en la necesidad de ajustar los ingresos. Sin embargo, en un país con alta inflación, la CNTA se compromete a reuniones periódicas (agosto, septiembre, octubre de 2025, o a solicitud de parte) para monitorear la situación económica y realizar posibles nuevos ajustes. Esto subraya la volatilidad del poder adquisitivo y la necesidad constante de revisión en el sector.
Para el trabajador agrario, significa un alivio, aunque parcial, frente a la pérdida de poder de compra. Para los productores, representa un aumento en los costos operativos, que deberán ser absorbidos o trasladados a los precios finales. La Ley N° 26.727 sigue siendo el marco que permite estas intervenciones, buscando un equilibrio en un sector tan estratégico para la economía nacional.