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La AFIP acaba de lanzar una nueva Resolución General que, bajo el pretexto de reemplazar el Impuesto PAIS, *mantiene intacto un régimen de percepción del 30%* sobre compras en dólares, viajes y servicios del exterior. ¡Preparate para seguir pagando!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP) ha sacudido el tablero económico con la publicación de la Resolución General 5617/2024, que sustituye a la famosa RG 4.815. El gran titular es que, aunque el "Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)" tiene fecha de vencimiento (22 de diciembre de 2024), el polémico régimen de percepción del 30% sobre el dólar y gastos en el exterior no solo no se va, sino que se reafirma y reordena.
En esencia, la AFIP ha desvinculado formalmente la percepción del Impuesto PAIS. Antes, la percepción se aplicaba porque la operación estaba alcanzada por el PAIS. Ahora, la percepción tiene vida propia, justificada como un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Esto significa que, si bien el impuesto original desaparece, su fantasma en forma de percepción sigue acá, y con la misma alícuota del 30%.
El listado de operaciones alcanzadas es el mismo que ya conocemos:
Se mantienen algunas excepciones, como gastos de salud, medicamentos, libros, plataformas educativas y software con fines educativos, así como proyectos de investigación y materiales para la lucha contra el fuego. ¡Pero ojo! Los pasajes terrestres a países limítrofes también están excluidos. Para aquellos que no sean contribuyentes de Ganancias o Bienes Personales (ej. monotributistas o trabajadores en relación de dependencia sin otras rentas), se habilita el Título II para solicitar la devolución. Un trámite que, como es costumbre, exige CUIT, Clave Fiscal, CBU y Domicilio Fiscal Electrónico, y que se podrá iniciar recién una vez finalizado el año calendario en que se realizó la percepción.
Esta medida es un claro mensaje de continuidad en el control cambiario y la búsqueda de recaudación. Para los ciudadanos, significa que el costo de acceder a moneda extranjera o realizar gastos en el exterior se mantiene artificialmente elevado. Para las empresas importadoras, el costo de algunos bienes se encarece, impactando en la cadena de precios. La "desvinculación" del Impuesto PAIS es más una formalidad legal que un alivio real. La AFIP asegura la continuidad de esta herramienta de recaudación, que en la práctica funciona como un impuesto encubierto al dólar y al consumo internacional.
"La finalización de la vigencia del impuesto PAIS no conllevaría la culminación del régimen de percepción antedicho, pero obliga a la adecuación de la técnica legislativa empleada." — Extracto de los Considerandos de la Resolución General.
La AFIP promete ajustes en los sistemas de identificación de la percepción. Hasta el 31 de marzo de 2025, se podrán mantener las denominaciones anteriores. Para futuras actualizaciones, se recomienda seguir el sitio web de la AFIP y el Boletín Oficial.

2 de enero de 2026
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27 de enero de 2026