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El Ministerio de Gobierno bonaerense convalida ordenanzas de Escobar, pero con la condición de cumplir estrictamente con normativas de infraestructura y servicios. ¿Control o respaldo a la gestión local?
El Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Carlos Alberto Bianco, acaba de convalidar las Ordenanzas N° 6.280/24 y N° 6.317/24 del Municipio de Escobar. Estas normativas locales modifican aspectos de la planificación urbana y territorial del partido, un tema siempre candente en el conurbano bonaerense. Sin embargo, la convalidación viene con una advertencia explícita: el Municipio deberá asegurar el cumplimiento de los artículos 56, 62 y 63 del Decreto-Ley N° 8.912/77.
Este decreto, conocido como la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, es la biblia del urbanismo en la provincia. La condición impuesta por el Ministerio significa que, al aprobar cualquier plano de subdivisión o materializar un uso de suelo, Escobar deberá garantizar la infraestructura, los servicios y el equipamiento comunitario necesarios. Esto es crucial para evitar el crecimiento desordenado y asegurar la calidad de vida de los vecinos. La medida, si bien respalda la autonomía municipal, también establece un claro límite y un recordatorio de la supervisión provincial, buscando un equilibrio entre la gestión local y el cumplimiento de las leyes marco. ¿Será suficiente para poner freno a la especulación inmobiliaria? Para los vecinos de Escobar, esto implica la promesa de un desarrollo urbano más ordenado y con mejores servicios.