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El Instituto de Previsión Social bonaerense no perdona ni en la tumba: exige a los herederos de una jubilada fallecida el pago de una deuda millonaria, amenazando con la vía judicial si no cumplen en diez días. ¡Un precedente que pone en vilo a miles!
Una medida del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ha encendido las alarmas y genera preocupación entre los ciudadanos. La Resolución N° 40.271 no es un mero trámite burocrático, sino una clara señal de que el organismo previsional no dudará en ir a fondo para recuperar deudas, incluso de quienes ya no están entre nosotros.
El caso en cuestión involucra a la fallecida jubilada MAGDALENA AIDA SEGEN, a quien se le atribuye un saldo deudor actualizado de $121.039,19. La resolución, publicada en el Boletín Oficial, declara esta suma como legítima y, lo más impactante, intima a los derechohabientes (es decir, a sus herederos) a cancelar el monto o proponer una forma de pago en un plazo perentorio de 10 días desde la notificación.
"HABILITAR EL COBRO DE LA VÍA EJECUTIVA EN CASO DE NO PAGO o NO PRESENTACION DE PROPUESTA DE PAGO."
Esta frase, que resuena como una advertencia judicial, deja claro el músculo legal que el IPS está dispuesto a usar. Si los herederos no responden, el organismo girará las actuaciones al Departamento Judiciales para constatar la existencia de un sucesorio abierto y, de ser necesario, iniciar la vía ejecutiva para cobrar la deuda. Esto significa que los bienes heredados podrían ser embargados o rematados para saldar la cuenta con el Estado.
Si bien se trata de un caso particular, la decisión sienta un precedente escalofriante. Miles de familias podrían verse en una situación similar, descubriendo deudas pendientes con el IPS de sus seres queridos fallecidos. La medida subraya la importancia de:
El IPS invoca artículos del Código Civil y Comercial para respaldar su accionar, lo que demuestra la solidez jurídica de su reclamo. La cuenta fiscal N° 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires es el destino para quienes deseen saldar la deuda, con la opción de presentar el comprobante o la propuesta de pago en los Centros de Atención Previsional o mediante turnos no presenciales.
Este movimiento del IPS es un recordatorio crudo de que las obligaciones con el Estado pueden trascender la vida, afectando directamente el patrimonio de los herederos. ¡Manténganse informados y revisen sus papeles, porque la herencia podría venir con una sorpresa desagradable!
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