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Una ráfaga de disposiciones del Ministerio de Capital Humano establece los límites indemnizatorios para múltiples convenios colectivos. ¿Estás cubierto? Estas medidas impactan directamente los costos de despidos y la estabilidad de miles de trabajadores en diversos sectores.
Una avalancha de resoluciones ha sacudido el Boletín Oficial, y el Ministerio de Capital Humano, a través de su flamante Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, ha puesto manos a la obra para delimitar el escenario de los despidos en Argentina. En una serie de disposiciones (144/2024, 151/2024, 150/2024, 148/2024, 146/2024, 147/2024, 145/2024), se fijó el "importe promedio de las remuneraciones" del cual se desprende el crucial tope indemnizatorio para una variada gama de Convenios Colectivos de Trabajo (CCT).
El tope indemnizatorio, establecido en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es un límite máximo para el cálculo de la indemnización por despido sin justa causa. Si tu salario supera este umbral, tu indemnización se calculará hasta ese valor tope, no sobre la totalidad de tu sueldo. Esto representa una protección mínima para el trabajador, pero también una restricción para aquellos con remuneraciones elevadas. Para las empresas, esta clarificación es vital para la planificación financiera y la gestión de personal, permitiéndoles calcular con mayor precisión los costos asociados a eventuales desvinculaciones.
Las medidas abarcan un espectro amplio de la economía argentina, impactando a:
Estas disposiciones son el resultado de la aplicación rutinaria de la LCT y la Ley de Negociación Colectiva, tras la homologación de acuerdos salariales. La Dirección de Normativa Laboral, que ahora lleva el nombre de Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, mantiene así su función esencial de aportar previsibilidad y seguridad jurídica al complejo entramado de las relaciones laborales. Sin embargo, en un país con alta inflación, la constante necesidad de actualizar estos topes subraya la volatilidad económica y la burocracia que deben sortear tanto empleadores como empleados. Es crucial que ambas partes consulten los anexos de cada disposición en el Boletín Oficial para conocer los valores exactos que les corresponden.