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Ana María Senra deberá pagar casi $200.000 por no presentarse a una audiencia de mediación previa y obligatoria. La Dirección Provincial de Mediación no perdona y advierte sobre las duras consecuencias de la incomparecencia injustificada.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires ha emitido una sanción que resuena como una advertencia para todos los ciudadanos: Ana María Senra (DNI 12.895.131) deberá abonar una multa de $193.278,80 por su incomparecencia injustificada a una audiencia de mediación previa obligatoria. Además, se le suman $863,08 en concepto de costos administrativos. ¡Un monto considerable por simplemente no presentarse!
La medida, notificada por la Dirección Provincial de Mediación, subraya la seriedad con la que se toma la Ley N° 13.951, que establece el carácter obligatorio de la mediación antes de iniciar cualquier proceso judicial. El objetivo es claro: fomentar la comunicación directa y la resolución de conflictos sin llegar a juicio. Pero, como deja en claro este caso, no asistir tiene un costo muy alto.
Según la normativa, la incomparecencia injustificada a la primera audiencia implica una multa equivalente a dos veces la retribución mínima del mediador. En este caso, la mediadora Silvia Liliana Gallo (Matrícula LZ105) informó la ausencia de la Sra. Senra en la causa "Senra, Julián c/Senra, Ana María y Otro/a s/Division de Herencia/Cese de Indivision", fijada para el 10 de junio de 2025.
La resolución es tajante: se intima a Ana María Senra a pagar la multa o interponer un recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio en un plazo de diez días hábiles. El pago debe realizarse mediante depósito bancario en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Pero aquí viene lo más impactante: si no se cumple con la obligación, se confeccionará un título ejecutivo y el Fiscal de Estado intervendrá para la ejecución de la multa, con todos los gastos que ello conlleve. Además, se la intima a constituir domicilio dentro del radio urbano de la autoridad administrativa, bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención.
"Cuando la mediación no pudiere realizarse por incomparecencia injustificada de cualquiera de las partes que hubieren sido fehacientemente notificadas, cada uno de los sujetos no comparecientes deberá abonar una multa cuyo monto será equivalente a dos (2) veces la retribución básica que esta reglamentación determina para los mediadores y las mediadoras."
Este caso es un llamado de atención para todos los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires: la mediación no es un mero formalismo. Evitarla sin justificación puede salir mucho más caro que enfrentar el proceso. ¡A tomar nota y cumplir con las citaciones!