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Escándalo en el mundo del café: la ANMAT detectó productos "apócrifos" sin registros sanitarios y con rotulados falsos, prohibiendo su venta y fraccionamiento en todo el país. Varias empresas bajo la lupa por esta grave infracción a la salud pública.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha desatado una verdadera bomba en el sector alimenticio al prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una extensa lista de productos de café. La medida, que impacta a marcas como Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto, se fundamenta en gravísimas irregularidades: carencia de registros sanitarios de establecimiento y producto (RNE y RNPA), y rotulado falso con números inexistentes o pertenecientes a otros elaboradores. Una verdadera estafa a la salud pública.
Todo comenzó con una denuncia ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre el “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend”. La investigación federal, que incluyó allanamientos y consultas a la DIPA bonaerense, reveló un modus operandi preocupante. Se descubrió que la firma Junio 1995 SRL, dueña de la marca Caffé del Doge, fraccionaba sus productos en la planta “Café Sol”, propiedad de Darío Germán Pozo, ¡y ninguna de las dos tenía los registros en regla!
"Los productos se encuentran en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, y a los artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados... resultando ser en consecuencia productos apócrifos."
Esta decisión no es menor: significa que estos cafés, que se vendían e incluso se utilizaban para preparar tazas en establecimientos, no contaban con ninguna garantía de control sanitario. Los consumidores que los adquirieron o consumieron estuvieron expuestos a productos de origen desconocido y sin la supervisión estatal mínima.
La ANMAT no solo prohibió los productos específicos, sino también cualquier otro que exhiba el RNPA EXP. N° 4050-141467, un número inexistente. Además, se instruyó sumario sanitario a Junio 1995 SRL (CUIT N° 30712661808) y a Darío Germán Pozo (CUIT N° 20-25094958-9). Esta es una clara señal de que el Estado buscará responsabilidades penales y económicas.
Para el ciudadano común: Es crucial revisar siempre los rótulos de los alimentos y desconfiar de productos con información incompleta o dudosa. ¡La salud está en juego! Manténganse informados a través de los canales oficiales de la ANMAT para futuras alertas.
18 de julio de 2025
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