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El Banco Central convoca a ex-agencias de cambio y empresas por graves irregularidades financieras y cambiarias. ¿Quiénes están bajo la lupa y qué consecuencias enfrentan por desafiar las reglas del juego?
¡El látigo del Banco Central de la República Argentina (BCRA) se siente con fuerza! En una clara señal de tolerancia cero con las irregularidades, el organismo ha lanzado una serie de edictos que ponen en jaque a varias entidades y personas, convocándolos a dar explicaciones por presuntas infracciones a las normativas financieras y cambiarias. Estamos ante una ofensiva regulatoria que busca limpiar el sistema y enviar un mensaje contundente a quienes intenten operar al margen de la ley.
El primer caso que sacude el tablero es el de Alvear Cambio SA (ex agencia de cambio, CUIT 30-71605125-7) y tres de sus figuras clave: Carlos Enrique Bonaventura (DNI 12.557.990), Carlos Eduardo Marianidis (DNI 29.792.019) y Celeste Alta Gracia Brito Diroche (DNI 34.907.455). El BCRA los cita para tomar vista del Sumario Financiero Nº 1682, iniciado por una resolución dictada el 10 de diciembre de 2025. Se los investiga bajo las estrictas Leyes 18.924 y de Entidades Financieras, lo que sugiere posibles infracciones en su operatoria como casa de cambio, que podrían ir desde incumplimientos en la información hasta manejos indebidos de fondos. Deberán comparecer y presentar sus defensas, o enfrentarán las consecuencias de la rebeldía.
Pero la ofensiva no termina ahí. También está bajo la lupa DIBEHI SAS (CUIT N° 30-71604299-1) y el señor Roberto Ramón BASALDUA (DNI N° 34.690.732). Ambos son citados por el Sumario N° 8429, enmarcado en el severo Régimen Penal Cambiario N° 19.359. Esto indica que estarían involucrados en presuntas infracciones cambiarias, un terreno donde las multas y sanciones suelen ser elevadas y las consecuencias, graves. El BCRA les da 10 días hábiles para comparecer o serán declarados en rebeldía.
Finalmente, la mira se posa sobre LE FLO SRL (CUIT 30-71638271-7) y el señor Ezequiel Zalazar DI BATTISTA (DNI 36.914.911). Ellos también son convocados por un Sumario Cambiario, el N° 8379, bajo la misma Ley N° 19.359. La situación es idéntica a la anterior: deben presentarse en 10 días hábiles para defenderse de las acusaciones de violar las normas cambiarias, o el BCRA seguirá adelante con el proceso sin ellos.
Estos edictos son más que meros trámites administrativos; son una declaración de principios del BCRA. Demuestran que el organismo está activamente vigilando y sancionando a quienes no respeten las reglas del juego financiero y cambiario. Para el mercado, esto puede generar un efecto disuasorio, promoviendo mayor cumplimiento. Para los ciudadanos, es un recordatorio de que las autoridades están atentas, aunque las implicaciones directas para ellos sean limitadas, salvo que sean clientes o proveedores de las firmas implicadas. Mantenerse informado sobre las normativas es crucial para evitar caer en estas redes de control.