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El Tribunal Fiscal de la Nación, sin piedad, declara "rebeldes" a empresas y un particular por no presentarse o incumplir requisitos en expedientes aduaneros. ¡Un llamado de atención para no dormirse con la AFIP!
El Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) no perdona y, en una serie de avisos oficiales, ha puesto en jaque a varias partes por su inacción en expedientes cruciales. La palabra "rebeldía" resuena con fuerza, indicando que quienes debían defenderse o cumplir con trámites, simplemente no lo hicieron.
La Sala F, Vocalía 16ª, a cargo del Dr. Pablo Adrián Garbarino, ha declarado "rebelde" a Sila Argentina SA en el caso "Sila Argentina SA c/ DGA s/ recurso de apelación" (EX-2019-109072683). La empresa no se presentó a derecho tras una intimación, y ahora, además de la rebeldía, se le intima a acreditar el diligenciamiento de oficios en un plazo de cinco días. Este es un golpe para la compañía, que podría ver su recurso afectado negativamente por esta omisión procesal.
En la misma Sala F, pero la Vocalía 17ª, el Dr. Christian M. González Palazzo dictó la rebeldía contra CHEN SHENG SHOU en el expediente N° 38.586-A. Tras meses sin respuesta a la intimación, la parte actora fue declarada en default.
Finalmente, nuevamente la Sala F, Vocalía 16ª, declaró "rebelde" a TPC Compañía de Seguros SA en el caso "TPC Compañía de Seguros SA c/ DGA s/ recurso de apelación" (EX-2024-58108177). También por no presentarse, esta aseguradora enfrenta las consecuencias de no atender las notificaciones del Tribunal.
"La rebeldía en el Tribunal Fiscal no es un juego. Implica que las notificaciones futuras se harán por nota, reduciendo la posibilidad de defensa y complicando la situación jurídica de los involucrados. Un recordatorio para empresas y ciudadanos de la importancia de la proactividad legal."
Estas resoluciones, aunque técnicas, tienen un impacto directo en las empresas y personas involucradas, que ven limitadas sus posibilidades de defensa frente a la Dirección General de Aduanas (DGA). Para el común de la gente, es una muestra de que los plazos y las presentaciones ante los organismos fiscales son ineludibles y que la inacción tiene consecuencias severas y que la inacción tiene consecuencias severas. La DGA, por su parte, ve sus procesos avanzar frente a la falta de respuesta de los apelantes.