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La ANMAT canceló la autorización de comercialización y registro de todas las especialidades medicinales que contengan Hidroxietil-almidón (HeA) en solución para infusión, debido a que su balance riesgo-beneficio es desfavorable para la salud humana.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó la Disposición 2847/2026, cancelando la autorización de comercialización y la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales de todos los productos que contengan Hidroxietil-almidón (HeA) y Poli(O-2-hydroxietil)-almidón (HEA) en la forma farmacéutica de solución para infusión. La medida se basa en el artículo 8° inc. d) de la Ley 16.463 y el artículo 8º inc. ñ) del Decreto 1490/92.
Esta drástica decisión se fundamenta en los informes del Departamento de Farmacovigilancia y la Dirección de Investigación Clínica, que revelaron un balance riesgo-beneficio desfavorable para el empleo de estos expansores plasmáticos. La Unión Europea ya había prohibido su comercialización en sus estados miembros por considerarlos riesgosos para la salud humana, criterio que la ANMAT adoptó al evaluar que "ningún médico de la especialidad recetaría dicho producto a ninguna clase de pacientes".
Los laboratorios titulares de estas especialidades medicinales deberán efectuar el retiro inmediato del mercado de sus productos. Esta medida es crucial para proteger la salud de la población al eliminar medicamentos que, según la evidencia científica, presentan riesgos inaceptables. Demuestra la rigurosidad de la ANMAT en la vigilancia de la seguridad de los productos farmacéuticos y su alineación con estándares internacionales cuando la salud pública está en juego.