Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo habilita una nueva vía para que las ARTs ofrezcan compensaciones económicas a trabajadores sin secuelas incapacitantes, buscando reducir la litigiosidad. La medida promete agilizar trámites, pero genera dudas sobre la presión a los damnificados.
¡Atención trabajadores y empresas! La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha lanzado una medida que promete sacudir el sistema de compensaciones por accidentes laborales. A partir de ahora, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), los Empleadores Autoasegurados (EA) y Empleadores No Asegurados (ENA) podrán ofrecer una "compensación económica" a los trabajadores que, tras un siniestro, sean dados de alta sin secuelas incapacitantes permanentes. ¿El objetivo? Bajar la "litigiosidad" que inunda los tribunales.
La Resolución SRT N° 41/2025 establece un procedimiento para que, incluso cuando la Comisión Médica dictamine que no hay incapacidad laboral permanente, la ART o el empleador puedan proponer un acuerdo económico. Esto significa que si un trabajador sufrió un accidente, pero los médicos no le encuentran "secuelas incapacitantes", la aseguradora podría ofrecerle un monto de dinero para cerrar el caso en la instancia administrativa, evitando así que el expediente llegue a la justicia.
El punto clave es que esta oferta será "discrecional y facultativa" de la ART/EA/ENA, y no implicará un reconocimiento de incapacidad permanente ni sentará precedente para otros casos. Es decir, es una especie de "cheque en blanco" para evitar un pleito más largo y costoso en los tribunales.
Por un lado, la medida busca celeridad y eficiencia, algo que muchos actores del sistema reclaman. Un trabajador que no tiene secuelas graves podría obtener una compensación de forma más rápida, sin años de espera judicial. Sin embargo, la resolución también abre interrogantes: ¿podría esta "compensación exprés" presionar a los trabajadores a aceptar montos menores a los que obtendrían en un juicio, incluso si la incapacidad no es permanente pero sí afectó su vida laboral o personal? La clave estará en la transparencia y la asesoría letrada que reciba el damnificado en esta nueva instancia de acuerdo.
La homologación de estos acuerdos tendrá autoridad de cosa juzgada administrativa, lo que significa que una vez aceptado, no habrá vuelta atrás. Es fundamental que los trabajadores estén bien informados y asesorados antes de tomar cualquier decisión. Esta es una jugada fuerte para descomprimir el sistema judicial en materia de riesgos del trabajo, pero su impacto real en la protección del trabajador será la verdadera prueba de fuego. Estaremos atentos a cómo se desarrolla en la práctica.