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El Presidente rechazó el recurso de una empleada del ex-Ministerio de Trabajo que buscaba ascender de categoría, argumentando que no cumplía con los requisitos excluyentes. Un recordatorio de que en la administración pública, la antigüedad no siempre garantiza el progreso sin el cumplimiento de las normativas específicas.
Un caso que resalta la rigidez de la burocracia estatal. El Decreto 36/2025 del Presidente de la Nación ha puesto punto final a la aspiración de ascenso de la señora Carla Jazmín Elisa SCHAJRIS (D.N.I. Nº 22.293.662), quien había interpuesto un recurso jerárquico para ser promovida al Nivel B del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
La señora SCHAJRIS, con una trayectoria en el ex-Ministerio de Trabajo desde 1999, argumentaba su experiencia y capacitación. Sin embargo, el Comité de Valoración y las instancias superiores, incluyendo el Ministerio de Capital Humano, ratificaron que no cumplía con los requisitos excluyentes para la promoción. Específicamente, no se encontraba comprendida en las previsiones de una cláusula del Decreto N° 432/22, que establecía excepciones para el ingreso a planta permanente con fechas anteriores a la suya (ella ingresó en 2017).
Este caso, aunque individual, es un recordatorio contundente de que, incluso con años de servicio, las promociones en el Estado están estrictamente atadas a la normativa vigente y a los criterios de evaluación de mérito. La Procuración del Tesoro de la Nación ha sostenido que en cuestiones técnicas, el análisis jurídico debe basarse en los informes de los especialistas, lo que refuerza la validez de la decisión del Comité de Valoración. Para los empleados públicos, esta resolución subraya la importancia de conocer a fondo los requisitos y excepciones de los regímenes de carrera para evitar frustraciones. Para el ciudadano, es un vistazo a la complejidad de los procedimientos administrativos internos del Estado.