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El Tribunal Fiscal de la Nación no da tregua y publica una serie de edictos con resoluciones clave. Desde la confirmación y revocación parcial de ajustes impositivos hasta la regulación de honorarios millonarios y notificaciones de quiebras. ¿Quién paga la cuenta ahora?
El Tribunal Fiscal de la Nación se despachó con una catarata de avisos oficiales que, aunque parecen meros trámites, esconden decisiones que impactan directamente en el bolsillo de contribuyentes y profesionales. En un movimiento que genera más de un dolor de cabeza, la Sala G, en el caso “ALCARAZ HECTOR DIMAS Y OTRO C/DGA”, resolvió regular honorarios para los abogados intervinientes:
Estos montos, a cargo de la parte demandada o actora según corresponda, incluyen la posibilidad de sumar IVA si los profesionales son responsables inscriptos. La notificación se realizó por edictos, dejando en vilo a Héctor Dimas Alcaraz y Transportes Panazzolo Limitada.
Pero no todo es pagar. La Sala D, en el expediente de “Centro Privado de Medicina Integral PRIMEC SRL”, dictó una sentencia salomónica: revocó parcialmente y confirmó en parte una resolución de la AFIP, ordenando una reliquidación en 30 días. Esto significa que la empresa de salud tendrá un respiro en algunos ajustes, pero deberá enfrentar otros, con costas proporcionales. Los honorarios de los profesionales, en este caso, quedaron en suspenso hasta que se apruebe la nueva liquidación.
En otro frente, la misma Sala D notificó por edicto al Cdor. Andrés Drzewko, síndico de la quiebra de Copriser S.R.L., un detalle que subraya la complejidad de los procesos concursales que atraviesan las empresas argentinas.
Finalmente, la Sala C también se sumó a la ola de regulaciones de honorarios. En el caso de “EL PARANÁ CONSTRUCCIONES S.R.L.”, se fijaron $28.931 para cada uno de los Dres. Lucas Sebastián Ormazábal, Cintia Érica Vázquez y José Antonio Rodríguez del Fisco Nacional, más un adicional de $2.893. La constructora deberá hacerse cargo de estos gastos. Y para rematar, Eduardo Enrique Palacio fue intimado a pagar $3.847,14 por tasa de actuación, tras no prosperar su oposición.
Estas decisiones, aunque específicas, reflejan la incesante actividad judicial en materia fiscal, donde cada fallo puede significar un alivio o un nuevo golpe para empresas y ciudadanos que batallan contra la burocracia impositiva. Estar atento a estos edictos es crucial para entender el pulso de la economía y la justicia en Argentina. Para los ciudadanos comunes, la principal implicación es la transparencia del sistema judicial y la necesidad de asesoramiento legal y contable ante cualquier disputa fiscal. Para mantenerse informado, se recomienda revisar periódicamente el Boletín Oficial y consultar a expertos en derecho tributario.