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La Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA) establece en 3,4521% mensual la tasa de interés para pagos de contratos de obras, servicios o suministros de largo plazo, impactando directamente en la planificación financiera de grandes proyectos.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha emitido la Disposición Delegada SERYC N° 164/2026, una medida crucial para las empresas con contratos de largo aliento con el Estado provincial. A partir de febrero de 2026, la tasa de interés aplicable a las cuotas de contratos de obras, prestaciones de servicios o suministros con duración igual o superior a treinta meses será del 3,4521% mensual.
Esta normativa se enmarca en el Artículo 304 del Código Fiscal, que permite a estas grandes contrataciones abonar el gravamen correspondiente en hasta diez cuotas semestrales, siempre que no superen el plazo de ejecución del contrato. La tasa de interés está vinculada a la que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta días, buscando una referencia de mercado. Esta medida, aunque rutinaria en su actualización, es fundamental para la planificación financiera de grandes proyectos de infraestructura y servicios. Permite a las empresas gestionar mejor sus flujos de caja, aunque el costo de financiación sigue siendo un factor a considerar. La transparencia en la fijación de estas tasas es vital para la confianza empresarial y la estabilidad económica del sector productivo bonaerense.