Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Prefectura Naval Argentina fija el nuevo valor de la Unidad de Multa (U.M.) para infracciones marítimas y fluviales, ajustándolo al precio del gasoil.
La Prefectura Naval Argentina ha dado un paso administrativo que impacta directamente a todos los que surcan nuestras aguas: la actualización del valor de la Unidad de Multa (U.M.). Mediante la Disposición 110/2026, se ha establecido que, a partir de su publicación, cada U.M. tendrá un costo de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE con 63/100 ($419,63).
Este ajuste no es arbitrario. Se realiza en estricto cumplimiento del artículo 901.0029 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), aprobado por el Decreto P.E.N. N° 37/2025. Dicha normativa vincula el valor de la multa al precio de venta final al público de un (1) litro de gasoil grado DOS (2) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tomando el valor más alto del mercado.
Para navegantes, operadores de embarcaciones comerciales y deportivas, así como para empresas de transporte marítimo y fluvial, esta actualización implica un potencial incremento en el costo de las sanciones ante cualquier infracción. En un contexto de "desregulación y modernización del Estado Nacional", como se menciona en la disposición, el objetivo es lograr una normativa "mejor ajustada a los principios rectores de razonabilidad y proporcionalidad". Sin embargo, el bolsillo de los infractores sentirá la diferencia. Es crucial estar al tanto de las normativas de navegación y sus costos asociados para evitar sorpresas desagradables. La medida busca estandarizar y transparentar el cálculo de las multas, pero su impacto económico es innegable para quienes operan en el ámbito acuático.