Una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial confirman lo que ya es una constante en las relaciones laborales argentinas: la actualización de los topes indemnizatorios. El Ministerio de Capital Humano, a través de su Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, ha fijado estos promedios salariales que son la base para el cálculo de las indemnizaciones por despido, según el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.
¿Quiénes están afectados y por qué es importante?
Estas medidas, aunque técnicas, son de vital importancia para miles de trabajadores. El tope indemnizatorio es el límite máximo que se considera para calcular la base de una indemnización por despido sin justa causa. Si el salario del trabajador supera este tope, el cálculo de su indemnización se realizará sobre el monto del tope, no sobre su salario real completo. Esto puede generar una diferencia sustancial en el monto final que recibe un empleado despedido.
En esta tanda, los sectores afectados son diversos y abarcan:
- Estaciones de Servicio: El acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-199-APN-DNRYRT#MCH, celebrado por la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y GOMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE) y la ASOCIACIÓN ESTACIONES DE SERVICIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. (Disposición 203/2024).
- Tintoreros y Lavaderos: El pacto homologado por la Disposición DI-2024-195-APN-DNRYRT#MCH, entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS TINTOREROS, SOMBREREROS Y LAVADEROS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOETSYLRA) y la FEDERACIÓN DE CAMARAS DE LAVADEROS DE ROPA, LIMPIERIAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. (Disposición 202/2024).
- Obras Sanitarias (AySA): El acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-425-APN-DNRYRT#MCH, entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBTOS) y AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.). (Disposición 201/2024).
- Sector Automotriz (Mitsui Motors): El acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-175-APN-DNRYRT#MCH, entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) y MITSU MOTORS SOCIEDAD ANÓNIMA. (Disposición 200/2024).
- Obras Sanitarias (Provincia de Buenos Aires): El acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-405-APN-DNRYRT#MCH, entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (SOSBA) y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. (Disposición 199/2024). Ojo: acá se advierte una demora de UN año entre la firma y la homologación, un detalle que puede generar interrogantes sobre la agilidad de los procesos administrativos.
- Entidades Deportivas y Civiles (Luz y Fuerza): El acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-375-APN-DNRYRT#MCH, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CAPITAL FEDERAL. (Disposición 198/2024). También aquí se señala que transcurrió más de UN año entre la celebración y la homologación, y que ya se habían fijado topes posteriores para las mismas partes. ¡Una maraña burocrática!
Estas disposiciones reflejan la aplicación de la ley laboral y la constante necesidad de actualizar los valores frente a la inflación y los aumentos salariales negociados. Para los trabajadores de estos rubros, es vital estar al tanto de estos números, ya que son la base para cualquier cálculo de desvinculación laboral.