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BCRA endurece regulaciones para Proveedores de Servicios de Pago

El Banco Central de la República Argentina implementa una serie de nuevas regulaciones para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), incluyendo requisitos más estrictos de registro, debida diligencia de accionistas y directivos, y nuevas normativas para los 'PSPCP como Servicio', buscando fortalecer la prevención de lavado de activos y la estabilidad financiera.

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BCRA endurece regulaciones para Proveedores de Servicios de Pago
Representación de cadenas digitales, un escudo de seguridad y el logo del BCRA, simbolizando la regulación financiera.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
  • Unidad de Información Financiera (UIF)
  • Comisión Nacional de Valores (CNV)
  • Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN)

Fechas Clave

30/04/2026
Fecha de la Comunicación
06/05/2026
Fecha de publicación
10 días hábiles
Plazo para informar entes existentes
90 días corridos
Plazo para ajustarse a la nueva normativa
Fintech
Regulación Financiera
Control Estatal
Prevención Lavado de Activos
Servicios de Pago

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación "A" 8432/2026, estableció un marco regulatorio más estricto para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) y, en particular, para los denominados "PSPCP como Servicio", que ofrecen cuentas de pago a clientes de terceros. Estas modificaciones buscan robustecer la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, así como la estabilidad y transparencia del sistema financiero.

Principales cambios y su impacto

Entre las novedades, se destaca la ampliación de los requisitos para la inscripción en el Registro de PSP. Ahora, las empresas deberán informar a su Oficial de Cumplimiento ante la Unidad de Información Financiera (UIF) y, en el caso de los PSPCP como Servicio, detallar sus bancos patrocinantes y la nómina de entes a los que brindarán servicio, los cuales requerirán habilitación previa del BCRA.

Se imponen controles más rigurosos sobre accionistas (con más del 10% del capital o voto), socios y directivos, exigiendo antecedentes personales, declaración jurada de inhabilidades y certificados de antecedentes penales. Además, se prohíbe operar a personas jurídicas no constituidas regularmente en el país y a aquellas con vínculos a actividades terroristas o sanciones previas.

La comunicación también extiende el plazo para el inicio de operaciones de 6 a 12 meses y establece nuevos criterios para el cese de actividades por inactividad prolongada o cambios fundamentales. Los PSPCP como Servicio asumen una responsabilidad contractual estricta sobre el cumplimiento normativo de sus terceros, en materia de identificación de clientes (KYC), prevención de fraude y seguridad de la información. Los PSP que ya operan como servicio tienen un plazo de 10 días hábiles para informar sus entes asociados y 90 días corridos para ajustarse a la nueva normativa.

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