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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP) lanzó una resolución clave que simplifica la gestión del domicilio fiscal para contribuyentes y empresas, promoviendo la digitalización. Pero ojo, que la 'simplificación' viene con nuevas facultades para el organismo, que podrá constituir domicilios de oficio y ser más estricto con las irregularidades. ¡Preparate para la era del control digital!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en un movimiento que busca modernizar y agilizar la burocracia, ha publicado la Resolución General N° 5809/2026, una medida que sustituye a varias normativas anteriores y redefine el procedimiento para denunciar y modificar el domicilio fiscal. Esta iniciativa, que entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026, promete reducir la carga administrativa, pero también otorga al organismo nuevas herramientas para fiscalizar con mayor rigor.
La norma establece un procedimiento digital para la modificación del domicilio fiscal a través del servicio "web" "Sistema Registral", utilizando la Clave Fiscal. Ya no será un engorro: si el domicilio ya está verificado, el trámite es casi instantáneo. Sin embargo, si el domicilio no figura o no coincide, se deberá adjuntar documentación probatoria, y la dependencia interviniente tendrá siete días hábiles para aceptar o rechazarlo.
Pero no todo es color de rosa para el contribuyente. La AFIP ahora tiene la facultad de constituir de oficio el domicilio fiscal si el denunciado es inexistente, quedó abandonado o presenta irregularidades. También podrá impugnar un domicilio si considera que no es el real, intimando al contribuyente a regularizarlo en diez días hábiles bajo apercibimiento de constituirlo de oficio. Además, se introduce la figura del domicilio fiscal alternativo para casos de inconsistencias, donde las notificaciones tendrán plena validez.
Esta resolución impacta a todos los contribuyentes y responsables, tanto personas humanas como jurídicas. Por un lado, la digitalización y simplificación de trámites es una excelente noticia para quienes buscan cumplir con sus obligaciones de forma más eficiente. Se acabó, en teoría, el peregrinar por las oficinas para un simple cambio de dirección.
Por otro lado, la ampliación de las facultades de la ARCA para constituir o impugnar domicilios de oficio implica una mayor vigilancia y control. Esto significa que mantener el domicilio fiscal actualizado y veraz será más crítico que nunca. Las empresas, especialmente las Grandes Contribuyentes, tendrán incluso la opción de constituir un domicilio opcional en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, en un guiño a la especificidad de sus operaciones. Los auxiliares del comercio y del servicio aduanero también tienen disposiciones especiales para sus domicilios.
8 de enero de 2026
19 de diciembre de 2025
8 de enero de 2026
"Es objetivo permanente de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero reducir la carga administrativa de los trámites que deban realizar los contribuyentes y responsables para dar cumplimiento a sus obligaciones, promoviendo la digitalización y desburocratización de los procesos vigentes."
En resumen, la AFIP busca un equilibrio entre la modernización y la eficiencia del control. Una medida que, sin duda, generará un cambio significativo en la interacción entre el fisco y los contribuyentes, exigiendo mayor proactividad en la actualización de datos.
Para evitar sorpresas, es fundamental que los contribuyentes revisen y actualicen periódicamente su domicilio fiscal en el "Sistema Registral" y estén atentos a las notificaciones en el Domicilio Fiscal Electrónico. Las nuevas facultades del organismo implican que la omisión de actualización podría derivar en la constitución de un domicilio de oficio y la validez de notificaciones en lugares no esperados. La clave es la proactividad.