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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario sacude Mendoza y San Juan con nuevas remuneraciones mínimas para tareas clave como la papa semilla, ajo, frambuesa, durazno y damasco. Además, impone una polémica cuota solidaria del 2% a los trabajadores no afiliados.
¡Atención, productores y trabajadores de Cuyo! La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) ha desatado una verdadera tormenta de resoluciones que redefinen las reglas del juego para cinco actividades cruciales en Mendoza y San Juan. A través de las Resoluciones 284, 285, 286, 287 y 288/2025, no solo se actualizan las remuneraciones mínimas, sino que se introduce una polémica cuota de solidaridad gremial que ya genera debate.
Desde el 1° de noviembre de 2025, los trabajadores dedicados al Cortado de Papa Semilla, Enristrado de Ajo, Cosecha de Frambuesa, Cosecha de Durazno y Cosecha de Damasco verán un incremento en sus salarios básicos. Estos nuevos montos, detallados en los anexos de cada resolución (disponibles en el Boletín Oficial web), buscan reflejar la realidad económica del sector y asegurar una remuneración justa para estas labores esenciales.
Pero la gran novedad, y el punto más caliente de estas medidas, es la instauración de una cuota de solidaridad gremial del DOS POR CIENTO (2%) mensual. Esta retención se aplicará sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores no afiliados a la U.A.T.R.E. (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores). Los empleadores actuarán como agentes de retención, debiendo depositar los montos en una cuenta especial de U.A.T.R.E. en el Banco de la Nación Argentina hasta el día 15 de cada mes. Los afiliados, eso sí, quedan exentos de este pago.
Para los trabajadores no afiliados, esta cuota representa una reducción directa de su ingreso neto, lo que podría generar descontento. Sin embargo, los salarios mínimos actualizados buscan compensar, al menos parcialmente, el impacto de la inflación y mejorar las condiciones laborales.
Los empleadores, por su parte, enfrentarán no solo un incremento en los costos laborales por los nuevos salarios, sino también una al tener que gestionar la retención y el depósito de la cuota solidaria. Esto plantea un desafío adicional en un sector ya de por sí complejo.
10 de noviembre de 2025
5 de enero de 2026
5 de enero de 2026
Un dato clave es que la CNTA se comprometió a reunirse en enero de 2026 para analizar posibles variaciones económicas que pudieran haber afectado las escalas salariales. Esto significa que los valores fijados no son inamovibles, y existe la posibilidad de futuros ajustes si la situación económica lo amerita, ofreciendo un respiro ante la volatilidad inflacionaria que azota al país.
"La medida busca un equilibrio entre la mejora de las condiciones salariales y el fortalecimiento de la representación gremial, pero no está exenta de controversias por la obligatoriedad del aporte."
Es fundamental que tanto trabajadores como empleadores se informen sobre los anexos de cada resolución para conocer los montos exactos de las nuevas remuneraciones. La vigencia de estas medidas se extiende hasta septiembre u octubre de 2026, dependiendo de la actividad, salvo que nuevas resoluciones las reemplacen.
Para estar informado: Siga de cerca las publicaciones del Boletín Oficial y los comunicados de la CNTA y U.A.T.R.E. para cualquier actualización o ajuste que pueda surgir de la reunión de enero de 2026.