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¡BOMBA AMBIENTAL! La Ley de Glaciares se REFORMA: ¿Protección o Puerta Abierta a la Minería?

Una nueva ley llega para redefinir la protección de glaciares y ambientes periglaciares, generando un revuelo entre ambientalistas e intereses económicos. El Gobierno promulga cambios clave que podrían flexibilizar la normativa o, al menos, clarificar quién decide qué se hace en estas zonas vitales.

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¡BOMBA AMBIENTAL! La Ley de Glaciares se REFORMA: ¿Protección o Puerta Abierta a la Minería?
Montañas imponentes y glaciares majestuosos, con una balanza de la justicia y un signo de interrogación flotando sobre ellos.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • IANIGLA
  • Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
  • Administración de Parques Nacionales

Fechas Clave

08/04/2026
Sanción de la Ley 27.804 por el Congreso
23/04/2026
Promulgación de la Ley 27.804 por el Poder Ejecutivo
Ambiente periglacial
Inventario Nacional de Glaciares
Protección de glaciares
Principio precautorio
Federalismo ambiental

El Congreso de la Nación ha sancionado y el Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley 27.804, una normativa que promete ser un verdadero terremoto en el ámbito ambiental. Esta ley sustituye y modifica artículos clave de la Ley 26.639, conocida como la Ley de Glaciares, y su impacto ya genera debate acalorado.

¿Qué cambió y qué significa?

La principal novedad radica en la clarificación del objeto de la ley: los glaciares y el ambiente periglacial se preservan como reservas estratégicas de recursos hídricos para consumo humano, agricultura, biodiversidad, investigación y turismo. ¡Un bien público, ni más ni menos! Pero la letra chica es lo que enciende las alarmas. Se subraya que la protección debe ser compatible con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que establece la utilización racional de los recursos provinciales, generando un posible resquicio para futuras interpretaciones.

El Inventario Nacional de Glaciares, a cargo del IANIGLA, sigue siendo la herramienta central. Sin embargo, se incorpora un "Principio Precautorio" que indica que todos los glaciares inventariados están protegidos hasta que estudios técnico-científicos demuestren lo contrario. Esto podría ser un arma de doble filo: si bien protege inicialmente, abre la puerta a que ciertos cuerpos de hielo sean desafectados de la protección estricta si no cumplen las funciones hídricas definidas.

Las actividades prohibidas se mantienen: liberación de contaminantes, construcción de obras (salvo científicas/riesgo), exploración y explotación minera e hidrocarburífera, e instalación de industrias. Pero la clave está en que la autoridad competente de cada jurisdicción será quien determine, mediante evaluación de impacto ambiental, qué actividades implican una "alteración relevante" y, por ende, no pueden ser autorizadas. ¡Aquí está el quid de la cuestión: el poder de decisión se descentraliza y recae fuertemente en las provincias!

¿Quién gana y quién pierde?

Para las empresas mineras e hidrocarburíferas, esta ley podría representar una luz de esperanza si logran influir en las evaluaciones provinciales. Para las provincias con recursos glaciares, aumenta su poder de decisión sobre proyectos económicos. Los ambientalistas miran con lupa, temiendo que la "flexibilización" o la interpretación provincial diluya la protección de un recurso vital. La ciudadanía debe estar atenta: la gestión del agua y la biodiversidad de nuestras montañas está en juego.

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