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El Ministerio de Capital Humano oficializó el tope indemnizatorio para los trabajadores jardineros, parquistas, viveristas y floricultores, impactando directamente en los costos de despidos y la seguridad laboral del sector. Una medida clave para el bolsillo de miles.
¡Atención jardineros y empleadores! El Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, acaba de oficializar el nuevo tope indemnizatorio para el sector de Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores.
Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, es crucial porque define el monto máximo que un empleador deberá pagar en concepto de indemnización por despido sin justa causa, según lo establece el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
Específicamente, se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge este tope, derivado del acuerdo homologado bajo el número 915/25, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 653/12. Este acuerdo fue celebrado entre el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES JARDINEROS, PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CÁMARA EMPRESARIA DE ESPACIOS VERDES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Para los trabajadores, esto significa una mayor certeza sobre la compensación que les correspondería en caso de un despido. Para las empresas del sector, implica claridad en los costos laborales, un factor fundamental para la planificación financiera y la gestión de personal.
La disposición también recuerda que la ex Dirección de Normativa Laboral, ahora Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, mantiene sus funciones tras el Decreto DECTO-2024-862-APN-PTE del 30 de septiembre de 2024. Este es un trámite administrativo vital que, aunque parezca técnico, impacta directamente en la estabilidad económica de miles de familias y la competitividad de las empresas del rubro. Se espera que este tipo de actualizaciones continúe, manteniendo al día los marcos regulatorios laborales.
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