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Un polémico Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sacude la estructura estatal: el crucial Sistema Federal de Manejo del Fuego, antes en Ambiente, pasa a la órbita del Ministerio de Seguridad. ¿Fin de la burocracia o un giro preocupante en la estrategia ambiental?
¡Atención, Argentina! El Poder Ejecutivo ha lanzado un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 1136/2024) que no pasará desapercibido. En una movida que genera tanto expectativa como controversia, el Sistema Federal de Manejo del Fuego (SFMF) y su brazo operativo, el Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF), cambian de dueño. Lo que antes era responsabilidad del ex Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ahora recae directamente bajo el ala del Ministerio de Seguridad, comandado por Patricia Bullrich.
La esencia de este DNU es una reestructuración profunda de cómo el Estado argentino aborda los incendios forestales y la gestión integral del riesgo. Se modifica la Ley de Ministerios N° 22.520 y las Leyes Nros. 26.815 (Manejo del Fuego) y 27.287 (Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil). El objetivo declarado es lograr una "mayor eficiencia" y una "mejor gestión de gobierno", integrando el manejo del fuego al Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, que también se reconfigura.
Para el ciudadano común, esta medida tiene implicaciones directas, especialmente en las temporadas de incendios que azotan a nuestro país. La promesa es una respuesta más eficaz ante las catástrofes. Sin embargo, la gran pregunta que surge es si este traspaso no diluirá el componente ambiental y de desarrollo sostenible que originalmente tenía el sistema. ¿Se priorizará el apagar el fuego por sobre la prevención a largo plazo y la gestión sostenible de los ecosistemas?
"Con el fin de lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil resulta necesario que el Servicio Nacional de Manejo del Fuego forme parte del mismo." - Argumento central del DNU.
Este DNU, amparado en el artículo 99, incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional, deberá ser tratado por la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación. Su validez o invalidez será un tema de intenso debate político en los próximos días.
Es crucial seguir de cerca los comunicados del Ministerio de Seguridad y las discusiones en el Congreso. Los ciudadanos de zonas propensas a incendios deben estar atentos a las nuevas directrices y protocolos que surjan de esta reconfiguración. La eficacia de esta medida se verá en el terreno, cuando las llamas comiencen a aparecer.
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