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La Unión Ferroviaria logró un pago extraordinario para los empleados de Ferrovías. Capital Humano lo homologó, pero con una advertencia clave.
Los trabajadores de FERROVÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA CONCESIONARIA recibieron una buena noticia: el Ministerio de Capital Humano, mediante la Disposición 1101/2025, homologó un acuerdo que les otorga una suma extraordinaria, por única vez, de carácter no remunerativa. El pacto fue celebrado con la UNIÓN FERROVIARIA el 11 de abril de 2025, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1641/21 “E”.
Este "bono" es un bálsamo para los bolsillos de los ferroviarios, especialmente en un contexto económico volátil. Sin embargo, la homologación no fue incondicional. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo hizo una aclaración crucial sobre la naturaleza no remunerativa de la suma, recordando a las partes el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo). Esto significa que, aunque el dinero llega, no se computará para aportes jubilatorios, aguinaldo u otros beneficios que sí dependen de la base remunerativa.
Además, la disposición excluyó de la homologación la cláusula segunda del acuerdo, por considerar que su contenido "resulta ajeno al ámbito del derecho colectivo de trabajo". Este es un punto importante que subraya los límites de la intervención estatal en los acuerdos paritarios.
Para los trabajadores, es un ingreso extra inmediato, pero con la advertencia de sus limitaciones a largo plazo. Para Ferrovías, es la formalización de un costo único. La intervención de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO del MINISTERIO DE ECONOMIA destaca la importancia estratégica del sector.
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