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El Ministerio de Justicia lanza un nuevo y controvertido registro para las sociedades de gestión de derechos de autor, prometiendo transparencia pero generando inquietud en el sector. ¿Se viene una era de mayor fiscalización y menos autonomía para los artistas y sus representantes?
¡Atención, artistas y sociedades de gestión! El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Justicia, acaba de meter un cambio drástico en la forma en que se administran los derechos de autor y conexos en Argentina. La Resolución 536/2025, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, crea el 'REGISTRO DE SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS'. Esta movida, que se venía gestando con el Decreto N° 138/2025, busca centralizar y fiscalizar como nunca antes a las entidades que representan a miles de creadores.
¿Qué significa esto en la cancha? Básicamente, todas las sociedades que manejan derechos de autor deberán pasar por un riguroso proceso de autorización ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) y ser inscriptas en este nuevo registro. Y ojo, que no hay 'silencio positivo': si no te responden en 60 días hábiles, es no. Además, las sociedades ya reconocidas serán incorporadas de oficio, pero no se salvan de cumplir con todas las nuevas obligaciones.
El punto más picante es el control exhaustivo. La DNDA tendrá facultades plenas de fiscalización, inspección y vigilancia. Cualquier modificación estatutaria o reglamentaria deberá ser informada con una anticipación mínima de 20 días hábiles o dentro de los 30 días corridos posteriores a su aprobación/inscripción. Y si hay incumplimientos, la autorización puede ser suspendida o revocada, ¡con publicación en el Boletín Oficial! Las entidades tendrán 90 días corridos para regularizar su situación antes de enfrentar la guillotina. Esto genera una incertidumbre considerable para la autonomía de estas entidades.
Finalmente, se instruye a la DNDA a crear un procedimiento de mediación para resolver conflictos entre usuarios (como radios o plataformas) y las sociedades, conforme al artículo 10 del Decreto N° 138/2025. Esto podría ser un punto positivo para descomprimir litigios, pero siempre bajo la órbita de un Estado con más herramientas de intervención. En resumen, el Ejecutivo busca una transparencia forzada en el negocio de los derechos de autor, lo que para algunos será un alivio y para otros, un corset burocrático sin precedentes. La medida, firmada por el Ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, promete un antes y un después en la gestión de la propiedad intelectual en el país.
"Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que determine la ley." - Artículo 17 de la Constitución Nacional, fundamento de la Ley N° 11.723.
Para los ciudadanos comunes y los artistas, es crucial estar informados sobre cómo estas nuevas regulaciones podrían afectar la percepción y distribución de regalías, así como las relaciones con las sociedades de gestión. Se recomienda seguir las publicaciones de la DNDA para actualizaciones.
20 de febrero de 2026
22 de enero de 2026
20 de febrero de 2026