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La Dirección Nacional de Vialidad imputó a la concesionaria Caminos del Río Uruguay S.A. una infracción por falta de corte de pasto en la Ruta Nacional N° 12, pero no aplicará penalidad económica al haber subsanado la deficiencia a tiempo.
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV), organismo descentralizado bajo la órbita del Ministerio de Economía, resolvió una situación administrativa relevante para la gestión de las concesiones viales. Se trata de la imputación de una infracción a la empresa Caminos del Río Uruguay S.A., concesionaria del Corredor Vial N° 18, por el incumplimiento de las condiciones de mantenimiento rutinario.
La infracción, constatada mediante el Acta N° 01/2009, se refiere específicamente a la falta de corte de pasto en 7 hectáreas de la Ruta Nacional N° 12, entre los kilómetros 115 y 122. Esta omisión contraviene lo dispuesto en el Contrato de Concesión de Obra Pública, que exige mantener el tapiz vegetal en alturas específicas para garantizar la estética, seguridad y confort de los usuarios.
Es importante destacar que, a pesar de la imputación, la DNV decidió la improcedencia de la determinación de una penalidad económica. Esto se debe a que la empresa subsanó las deficiencias dentro del plazo de 15 días corridos establecido en el contrato, lo cual impide la aplicación de las Unidades de Penalización previstas para demoras en el cumplimiento de las obligaciones. La resolución detalla el proceso administrativo, incluyendo los descargos de la concesionaria y la desestimación de sus argumentos sobre prescripción o vinculación con supuestos atrasos tarifarios.
Este caso subraya la importancia de la supervisión estatal sobre las concesiones viales y la necesidad de las empresas de cumplir con las obligaciones contractuales de mantenimiento, que impactan directamente en la seguridad y la experiencia de viaje de los ciudadanos. Aunque no hubo multa, la imputación queda como antecedente de un incumplimiento detectado y corregido.