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El Instituto de Previsión Social bonaerense reconoce derechos pensionarios a cónyuges supérstites que, lamentablemente, fallecieron antes de disfrutar el beneficio. ¡Un laberinto legal que termina en herencias!
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ha emitido dos resoluciones que ponen de manifiesto la complejidad y, a veces, la crueldad de los tiempos burocráticos. La Resolución N° 2029 trata el caso de María Isabel MEYER, quien solicitó una pensión como cónyuge supérstite de Guillermo Damián NOCETO. Trágicamente, María Isabel falleció en marzo de 2024, antes de poder gozar de su beneficio. El IPS, sin embargo, ha reconocido su derecho a la pensión (equivalente al 53% del sueldo de Director con 17 años de antigüedad en Avellaneda) desde el fallecimiento de su esposo hasta su propio deceso, destinando las sumas correspondientes a sus legítimos herederos. De forma similar, la Resolución N° 41.097 aborda la petición de Emiliano Adrián RIVAROLA, viudo de Liliana Beatriz DIAMANTE. Rivarola también falleció antes de recibir la pensión. El IPS reconoce su derecho al 53% del sueldo de Profesora con 24 años de antigüedad en la Dirección General de Cultura y Educación, con los montos igualmente dirigidos a sus herederos. Estos casos, aunque individuales, son un crudo recordatorio de que los derechos previsionales persisten incluso después de la muerte del beneficiario directo, garantizando que el esfuerzo de una vida no se pierda en el laberinto administrativo. Es un mensaje claro para los ciudadanos: la perseverancia legal y la importancia de los derechos sucesorios son vitales en un sistema que, a veces, juega con los tiempos de la vida.