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Un diplomático buscaba cobrar diferencias salariales retroactivas por su ascenso, pero la Presidencia le dijo 'no'. El decreto sienta un precedente clave para la carrera en el Servicio Exterior, ¿adiós a los 'derechos adquiridos'?
La Presidencia de la Nación ha dictado un Decreto 569/2025 que sacude los cimientos de las expectativas salariales en el Servicio Exterior. Se trata del rechazo al recurso jerárquico interpuesto por el señor Gonzalo Adrián DANELA (D.N.I. N° 36.122.075), Secretario de Embajada y Cónsul de Segunda Clase, quien reclamaba el pago retroactivo de diferencias salariales por su ascenso.
Danela había sido promovido a la Categoría “F” mediante la Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto N° 337/24. Su queja radicaba en que, si bien la antigüedad se le reconocía desde el 1° de enero de 2022, los efectos económicos de su promoción se aplicaban recién a partir del 1° de enero de 2024. Para el diplomático, esta distinción era arbitraria y lesionaba su derecho de propiedad, ya que las diferencias salariales deberían haberse reconocido desde la primera fecha.
El decreto presidencial, firmado por el Presidente Milei y el Canciller Gerardo Werthein, fue contundente. Basándose en la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y dictámenes previos de la Procuración del Tesoro de la Nación, se reafirmó que los ascensos no son automáticos y que los efectos económicos solo se producen a partir de la existencia o liberación de la vacante. Es decir, la retroactividad aplica para la antigüedad (carrera), pero no para el salario, que se percibe desde el momento en que se habilita la nueva categoría.
"Este decreto deja en claro que, para el Estado, la antigüedad es una cosa y el dinero, otra muy distinta cuando se trata de promociones. Un golpe a las expectativas de muchos en la administración pública." - Analista del Boletín Oficial.
Esta decisión agota la vía administrativa para Danela, quien ahora solo podría recurrir a la vía judicial en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Para los empleados públicos, este caso subraya la importancia de entender las sutilezas de las normativas de ascensos y sus implicaciones económicas, que no siempre son tan directas como uno esperaría.
11 de agosto de 2025
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7 de agosto de 2025