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Un viejo expediente de la AFIP desentierra un incumplimiento millonario. La empresa JOAQUÍN DANIEL GARGIULO pierde parcialmente beneficios de promoción no industrial y deberá pagar una multa de $10.180 por no cumplir con los volúmenes de producción prometidos entre 2002 y 2016. ¡El Estado sale a cobrar deudas históricas!
¡Atención, productores! El Gobierno acaba de sentar un precedente contundente para quienes no cumplen con los regímenes de promoción. Mediante el Decreto 1144/2024, se impone a la empresa JOAQUÍN DANIEL GARGIULO (CUIT N° 23-06119562-9) el decaimiento parcial del beneficio de exención en el Impuesto a las Ganancias y el reintegro de tributos no abonados, más intereses y actualización. Además, deberá abonar una multa de PESOS DIEZ MIL CIENTO OCHENTA ($10.180).
La firma había sido declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial en 1997, comprometiéndose a invertir $509.000 y producir granos y ganadería en Tucumán. Sin embargo, fiscalizaciones de la ex-AFIP revelaron incumplimientos sistemáticos en los volúmenes de producción anual entre 2002 y 2016. Por ejemplo, la producción de soja no alcanzó los niveles comprometidos durante todo ese período, y hubo faltantes significativos en trigo, maíz y carne en distintos años. Los porcentajes de incumplimiento varían entre el 25% y el 57,14% según el período.
Este decreto, firmado por el Presidente Milei y el Ministro Caputo, no solo sanciona a una empresa, sino que envía una señal clara a todo el empresariado que se acoge a beneficios promocionales: el Estado fiscalizará y aplicará las sanciones correspondientes por incumplimiento. La firma fue declarada rebelde en el sumario administrativo, lo que agravó su situación.
Para los ciudadanos, esta medida representa un intento por garantizar la equidad y el uso responsable de los incentivos fiscales. Los beneficios de promoción buscan fomentar la inversión y la producción, pero deben ir de la mano del cumplimiento de los compromisos asumidos. El plazo para el pago de la multa es de DIEZ (10) días hábiles, y el decreto servirá como título ejecutivo para su cobro. ¡A pagar!