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Una denuncia ciudadana destapó la olla: la ANMAT puso el grito en el cielo y prohibió la venta del popular "Chicle Tik Tok" marca Jennk en todo el país. El motivo es alarmante: el producto, que se comercializaba sin tapujos incluso online, carece de los registros sanitarios más básicos, poniendo en riesgo la salud de todos los argentinos. ¡Atención, consumidores!
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha dado un golpe contundente contra la ilegalidad en el mercado de golosinas. Mediante la Disposición 410/2025, se prohibió de forma terminante la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, incluyendo las plataformas de venta en línea, del producto rotulado como: “Goma de mascar de diferentes sabores (sandía, plátano, arándano, fresa y manzana); marca Jennk; nombre de fantasía: Chicle Tik Tok”. La medida abarca cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento de este polémico dulce.
La prohibición surge tras el reclamo de un particular que alertó al Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La investigación fue lapidaria: el chicle, que se publicitaba como importado de Bolivia, no contaba con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) en Argentina. Esto significa que el producto es, lisa y llanamente, ilegal.
En un país con normativas alimentarias tan estrictas como las nuestras (Ley N° 18284, Decreto N° 2126/71 y el Código Alimentario Argentino), la ausencia de estos registros es una falla crítica. Implica que no se puede garantizar la trazabilidad, las condiciones de elaboración, la calidad ni, lo más importante, la inocuidad del alimento. En otras palabras, nadie sabe qué tiene, cómo se hizo ni si es seguro para el consumo.
Para los ciudadanos, la implicación es directa y crucial: se elimina un riesgo potencial para la salud pública. El consumo de productos sin los controles adecuados puede acarrear desde malestares menores hasta problemas graves. La ANMAT, en su rol de guardiana de la salud, actuó con celeridad para sacar de circulación un producto que se vendía sin ningún tipo de aval oficial.
Para los comerciantes, especialmente aquellos que operan en plataformas en línea, esta disposición sirve como una advertencia severa: la venta de productos sin los registros correspondientes no solo es ilegal, sino que expone a sanciones y el retiro inmediato de la mercadería. Es un llamado a la responsabilidad y a la verificación rigurosa de los proveedores y los productos que se ofrecen.
"Proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad." - Extracto de la Disposición 410/2025
¿Cómo estar informado? Siempre es recomendable verificar los registros (RNE y RNPA) de los alimentos que consumimos. La ANMAT y el INAL publican regularmente alertas y disposiciones en el Boletín Oficial y en sus canales oficiales. Ante la duda, ¡siempre es mejor prevenir!