Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
LOS NOGALES GANADERA S.A. sufre un duro golpe: decaimiento parcial de beneficios fiscales y una multa de $84.000 por no cumplir con el régimen de promoción no industrial, impactando en su exención de Ganancias.
El Poder Ejecutivo Nacional no titubea a la hora de aplicar sanciones. A través del Decreto 1076/2024, la empresa LOS NOGALES GANADERA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-59751652-1) ha sido castigada con el decaimiento parcial de su beneficio de exención en el impuesto a las ganancias y una multa de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($84.000). ¿El motivo? Graves incumplimientos en el Régimen de Promoción No Industrial al que se había acogido en 1997.
El proyecto de LOS NOGALES GANADERA S.A. para la cría de ganado vacuno prometía una inversión de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($1.200.000), un mínimo de MIL QUINIENTOS (1500) vientres y una dotación de personal de DOCE (12) personas permanentes y OCHO (8) temporarias. Sin embargo, la investigación sumarial de la ex-AFIP y la Dirección Nacional de Incentivos Promocionales reveló que la empresa no cumplió con estas variables cruciales en los períodos 2012-2015.
La firma intentó justificarse aduciendo factores productivos, políticos y climáticos, como la “mayor crisis hídrica de la historia” en Córdoba y restricciones por la Ley de Bosques Nativos. Si bien se reconoció un período de emergencia agropecuaria en 2013, esto no eximió a la empresa de los incumplimientos en los años 2013, 2014 y 2015, con porcentajes de infracción que van desde el 11,48% al 36,05%.
El decreto establece el reintegro parcial de los tributos no abonados más intereses, además de la multa. La empresa tiene DIEZ (10) días hábiles para pagar la multa, bajo apercibimiento de ejecución fiscal. Este caso es un claro mensaje del Gobierno sobre la intransigencia ante el incumplimiento de los regímenes promocionales, buscando asegurar que los beneficios fiscales se traduzcan efectivamente en desarrollo y generación de empleo, y no en meros privilegios sin contrapartida social o económica.
23 de diciembre de 2025
11 de septiembre de 2025
14 de julio de 2025