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El Instituto de Previsión Social bonaerense reclama más de $860 mil a los herederos de un jubilado por haberes "indebidamente percibidos". ¿Un error administrativo o una cacería de brujas póstuma?
La Resolución N° 40.468 del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires desató la polémica al declarar una deuda de $864.947,60 que, según el organismo, fue percibida de forma errónea por el ya fallecido ROBERTO DOMINGO FERNANDEZ. Este monto corresponde a haberes cobrados indebidamente durante el período 18 de julio de 2024 y 31 de mayo de 2024. Atención: esta secuencia de fechas, tal como figura en el Boletín, parece tener un error de tipeo, ya que el 31 de mayo es anterior al 18 de julio. Más allá de esta curiosidad administrativa, el monto reclamado es contundente y la fecha de fallecimiento y baja en planillas se constata el 13 de septiembre de 2024.
El IPS no se anda con chiquitas y, ante la ausencia de un proceso sucesorio iniciado, ha decidido ir a la carga contra los derechohabientes del difunto. La resolución intima a los herederos, a través de edictos, a pagar o proponer un plan de pago en un plazo perentorio de 10 días. Si no lo hacen, el organismo provincial advierte que habilitará la vía ejecutiva para el cobro.
"La situación planteada en autos faculta a este IPS a repetir lo abonado", reza el documento, citando artículos del Código Civil y Comercial.
Esta medida, aunque legalmente respaldada, pone en el ojo de la tormenta la eficacia de los controles internos del IPS y la carga que recae sobre las familias de los fallecidos. ¿Cómo se generó este "error de cargos considerados"? ¿Es justo que los herederos carguen con una deuda generada por un posible fallo administrativo? La resolución no aclara estos puntos, dejando un manto de dudas sobre la gestión de haberes y las responsabilidades en el organismo. Los ciudadanos deben estar atentos a sus liquidaciones y las de sus familiares, incluso post mortem, para evitar sorpresas desagradables.