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Tras más de dos décadas de vaivenes burocráticos y un concurso preventivo, la Dirección Nacional de Vialidad imputa a la ex concesionaria Caminos del Río Uruguay S.A. por un incumplimiento de mantenimiento en la Ruta Nacional 14 que data de 2005. Aunque no habrá multa inmediata por un tecnicismo, se vienen cargos adicionales en la liquidación final. ¿Una historia de desidia estatal o de viveza criolla?
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) ha puesto fin, al menos en parte, a una saga que se arrastra desde hace más de 20 años. En una resolución que parece sacada de un archivo empolvado, la DNV imputó formalmente a Caminos del Río Uruguay S.A., la ex concesionaria del Corredor Vial N.° 18, por un incumplimiento que se remonta al ¡año 2005! ¿El delito? Nada menos que la falta de corte de pastos y malezas en un tramo de 54 kilómetros de la estratégica Ruta Nacional N° 14, entre los kilómetros 106 y 160.
El expediente, que pasó por manos de varios organismos y juzgados, revela que la infracción fue constatada por el entonces Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) en abril de 2005. La normativa era clara: el pasto no debía superar los 0,15m en banquinas y 0,30m en zonas marginales. La empresa, que luego entró en un concurso preventivo en 2023 y cuya concesión finalizó en 2025, argumentó de todo: desde la prescripción de la falta hasta supuestos incumplimientos del Estado en el pago de obras que, según ellos, los eximían de penalidades.
Lo más llamativo de esta resolución es que, si bien se imputa la infracción, Vialidad no aplicará una penalidad económica inmediata. ¿El motivo? Un tecnicismo digno del laberinto administrativo argentino: la empresa subsanó la falta (es decir, cortó el pasto) dentro de los 15 días corridos posteriores a la constatación. Sin embargo, la DNV advierte que se incluirá un "cargo adicional" a la multa correspondiente en la liquidación final de la concesión. Una pirueta legal que posterga la definición económica del asunto.
"En materia de prescripción se debe estar a la interpretación restrictiva y aceptar la solución más favorable a la subsistencia de la acción" - Procuración del Tesoro de la Nación (Dictámenes 161:330)
Este caso subraya la lentitud exasperante de la justicia administrativa y la complejidad de los contratos de concesión en Argentina. Para el ciudadano común, la falta de mantenimiento de rutas como la 14, clave para el tránsito y el Mercosur, no es un mero detalle estético, sino un riesgo potencial para la seguridad vial. La resolución, aunque tardía y sin una multa contundente "ahora", sienta un precedente sobre la responsabilidad de las concesionarias. Mantente atento a futuras publicaciones en el Boletín Oficial, especialmente a la "Liquidación Final" de Caminos del Río Uruguay S.A., donde finalmente se revelará el monto de ese misterioso "cargo adicional".